Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

PODER EJECUTIVO DECRETO LEGISLATIVO
FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 951 Mediante Oficio Nº 069-B-2004-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 951, publicado en la edicion del dia 3 de febrero de 2004. En la pagina Nº 261214, ultimo parrafo del articulo 64º de la Ley: DICE: "Tratandose de material de embalaje de productos de exportacion, en casos debidamente justificados se podra solicitar un plazo adicional, de hasta seis (6) meses, al senalado en el primer parrafo del presente articulo." DEBE DECIR: "Tratandose de material de embalaje de productos de exportacion, en casos debidamente justificados se podra solicitar un plazo adicional, de hasta seis (6) meses, al senalado en el MORDAZA parrafo del articulo precedente." En la pagina Nº 261214, inciso k) del articulo 83º de la Ley: DICE: "k) El ingreso y salida del equipaje y menaje de MORDAZA se rigen por las disposiciones que se establezcan por Reglamento, en el cual se determinaran los casos en que correspondera aplicar un tributo unico de veinte (20%) sobre el valor en aduana, porcentaje que podra ser modificado por decreto supremo." DEBE DECIR: "k) El ingreso y salida del equipaje y menaje de MORDAZA se rigen por las disposiciones que se establezcan por Reglamento, en el cual se determinaran los casos en que correspondera aplicar un tributo unico de veinte por ciento (20%) sobre el valor en aduana, porcentaje que podra ser modificado por decreto supremo." 03222

En la pagina Nº 261372, MORDAZA linea del ultimo parrafo del Articulo 58º del Codigo Tributario. DICE: "...de diez (10) dias calendario siguientes a la fecha en que..." DEBE DECIR: "...de diez (10) dias calendario siguientes a la fecha en que.." En la pagina Nº 261379, MORDAZA linea del inciso b) del Articulo 105º del Codigo Tributario. DICE: "...Administracion Tributaria," DEBE DECIR: "...Administracion Tributaria." En la pagina Nº 261393, inciso c) del Articulo 184º del Codigo Tributario. DICE: "(...) c) El monto de la multa y/o los gastos que el infractor abono para recuperar sus bienes, actualizado con la Tasa de Interes Moratorio (TIM), desde el dia siguiente a la fecha de pago hasta la fecha en que se ponga a disposicion la devolucion respectiva. La SUNAT establecera el procedimiento para la realizacion del comiso, acreditacion, remate, donacion, destino o destruccion de los bienes en infraccion, y demas normas necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en el presente articulo." DEBE DECIR: "(...) c) El monto de la multa y/o los gastos que el infractor abono para recuperar sus bienes, actualizado con la Tasa de Interes Moratorio (TIM), desde el dia siguiente a la fecha de pago hasta la fecha en que se ponga a disposicion la devolucion respectiva. La SUNAT establecera el procedimiento para la realizacion del comiso, acreditacion, remate, donacion, destino o destruccion de los bienes en infraccion, y demas normas necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en el presente articulo." En la pagina Nº 261394, sexta linea de la Cuarta Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953. DICE: "...treinta (30) dias habiles/calendario computados..." DEBE DECIR: "...treinta (30) dias habiles computados..." En la pagina Nº 261400, MORDAZA linea de la Nota 16 de la Tabla I del Codigo Tributario. DICE: "..., en los demas casos no podra ser menor 1 UIT." DEBE DECIR: "..., en los demas casos no podra ser menor a 1 UIT." En la pagina Nº 261401, infraccion correspondiente al numeral 5 del Articulo 175º de la Tabla II del Codigo Tributario, referido a las Infracciones Relacionadas con la Obligacion de llevar libros y/o Registros o contar con informes u otros documentos.

FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 953 Mediante Oficio Nº 069-B-2004-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 953, publicado en la edicion del dia 5 de febrero de 2004. En la pagina Nº 261369, el Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 953. DICE: "Articulo 13º.- Incluye parrafos al Articulo 32º del Codigo Tributario Incluyase como MORDAZA y MORDAZA parrafo del Articulo 32º del Codigo Tributario, los textos siguiente: (...)" DEBE DECIR: "Articulo 13º.- Incluye parrafos al Articulo 32º del Codigo Tributario Incluyase como MORDAZA y MORDAZA parrafos del Articulo 32º del Codigo Tributario, los textos siguientes: (...)"