Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2004 (10/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 10 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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trico, citrato de sodio y fosfato de potasio, destinadas a reemplazar las perdidas de liquido y electrolitos ocasionadas por la transpiracion y devolver la energia que se ha consumido, estan incluidas en la subpar tida nacional 2202.90.00.00. Articulo 2º.- En ningun caso lo dispuesto en este Decreto Supremo MORDAZA derecho a devolucion de tributos; ni la interposicion de reclamos y recursos. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- Si con anterioridad a la vigencia de la presente MORDAZA, los importadores o vendedores hubieren clasificado las mercancias indicadas en el articulo 1º del presente Decreto Supremo en una subpartida nacional distinta a la indicada en dicho articulo, podran presentar la rectificacion del caso a la Administracion Tributaria, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 170º del Codigo Tributario y lo dispuesto en el articulo 2º del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 14527

gan como fin uniformizar los criterios respecto a la clasificacion arancelaria de las mercancias, seran aprobadas por Resolucion y entraran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 2º.- Las modificaciones en las clasificaciones arancelarias de mercancias que cuenten con resolucion de clasificacion, no afectaran a los despachos efectuados con anterioridad a su entrada en vigencia, realizados en virtud a la resolucion modificada. En ese sentido, no surtira efecto para determinar infracciones aduaneras o tributos diferenciales por la aplicacion de la Resolucion de clasificacion arancelaria modificada; ni MORDAZA derecho a devolucion alguna. Articulo 3º.- Las modificaciones a que se refiere el articulo anterior deberan contar con el informe tecnico sustentatorio respectivo, el cual tendra en cuenta entre otros: a) Las Consideraciones Generales, Reglas, Notas de Seccion, Notas Complementarias y Notas de Subpartida contenidos en el Arancel de Aduanas. b) Las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designacion y Codificacion de Mercancias. c) Las Recomendaciones de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA) sobre nomenclatura arancelaria, y/o los criterios desarrollados sobre clasificacion arancelaria por otras Administraciones Tributarias, de corresponder. Articulo 4º.- La SUNAT dictara las disposiciones necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 14528

Establecen procedimiento a seguir por la Administracion Tributaria respecto a modificaciones en la clasificacion arancelaria de mercancias
DECRETO SUPREMO Nº 110-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 809 y normas modificatorias, establece que ADUANAS (hoy SUNAT) es el organismo del Estado facultado para interpretar y emitir pronunciamiento tecnico - tributario sobre los alcances de las disposiciones legales en materia aduanera; Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM, la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera es el organo encargado, entre otros, de expedir Resoluciones sobre clasificacion arancelaria; Que, la clasificacion arancelaria de mercancias es de caracter tecnico y se MORDAZA en reglas generales de interpretacion y en reglas para la aplicacion del Arancel de Aduanas; Que, no obstante el caracter tecnico en la clasificacion arancelaria de mercancias, esta puede modificarse respecto de un mismo producto por diversos factores, lo cual genera dualidad de criterios; en ese sentido, es necesario establecer el procedimiento a seguir por la Administracion Tributaria para efectuar las referidas modificaciones a fin de asegurar la correcta aplicacion del Arancel de Aduanas por parte de los agentes de comercio exterior; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- La clasificacion arancelaria que efectue la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT, asi como las modificaciones a las mismas que ten-

Ratifican acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION que aprobo modificar el Plan de Promocion del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en el Proyecto Turistico "El Chaco La Puntilla"
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-2004-EF MORDAZA, 9 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 159-2001-EF se ratifico el acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada (COPRI), que aprobo entregar en concesion al sector privado el proyecto "El Chaco La Puntilla", de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 195-2003-EF se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION), conforme al cual se aprobo modificar el plan de promocion respectivo, estableciendose que el proyecto sera promovido bajo el MORDAZA legal del Decreto Legislativo Nº 674, definiendose como modalidad aplicable la establecida en el literal A del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, debido a la experiencia acumulada durante la promocion del proyecto y a las coordinaciones efectuadas con el Gobierno Regional de Ica, en su sesion de fecha primero de MORDAZA de 2004 el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo modificar el Plan de Promocion a los efectos de determinar que el proyecto debera contribuir a mejorar la infraestructura turistica dentro de la Reserva Nacional de Paracas;