Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2003 (07/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2003 COD. 037

NORMAS LEGALES
BASE LEGAL D.Leg. 635-91 Ley 26859-97

Pag. 243705
SANCION % UIT 100% SOLES 3,100

DESCRIPCION DE LA INFRACCION Efectuar cualquier MORDAZA de publicidad electoral exterior, sin contar con la debida autorizacion de los Partidos Politicos, Agrupaciones Independientes, Alianzas o Listas Independientes, debidamente inscritos y reconocidos ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Subsanacion - Reposicion del Costo Municipal. Exhibir en puestos de venta: revistas, periodicos o publicaciones con figuras o fotografias de desnudos, que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Instalar o pintar publicidad electoral y politica en viviendas ubicadas en el perimetro de plazas y parques, instituciones publicas y centros educativos. Subsanacion - Reposicion del Costo Municipal. Instalar, pegar o pintar propaganda politica en los arboles, postes, monumentos, pistas, calzada, muros, puertas o ventanas de los bienes publicos, o hacerlo en predios privados sin contar con la autorizacion escrita del propietario. Subsanacion - Reposicion del Costo Municipal. Interrumpir sin causa justificada, cualquier MORDAZA de exhibicion, eventos o espectaculos publicos. No exhibir los carteles de: capacidad del local, precios y horario No retirar o borrar su propaganda electoral, dentro del plazo de 60 dias calendario de concluido el MORDAZA electoral. Subsanacion - Reposicion del Costo Municipal. No tener en buen estado de mantenimiento, las instalaciones que han determinado la categoria del local. Permitir la venta de bebidas, revistas, golosinas u otros, en plena realizacion del espectaculo. Permitir o vender revistas y/o videos pornograficos a menores de edad. Proyectar al publico cualquier MORDAZA de peliculas y/o videos en locales no autorizados SEGURIDAD Abandonar vehiculos en la via publica atentando contra el ornato, la limpieza MORDAZA y la seguridad ciudadana. Remocion del Vehiculo. Agredir fisicamente a la Autoridad y/o Policia Municipal. Clausura Temporal : 5 dias Denuncia Penal. Alquilar habitaciones en establecimientos de hospedaje sin registrar la identificacion y procedencia de los huespedes en los libros o fichas respectivas. Alquilar habitaciones o cuartos, como MORDAZA de cita, en viviendas, locales comerciales y/o de servicios. Alterar el orden publico y/o la tranquilidad del vecindario. Carecer de botiquin y/o de medicamentos basicos para los primeros auxilios. Carecer de senalizacion sobre Medidas de Seguridad, segun Normas de Defensa Civil. Carecer de tarifas y/o reglamento, las habitaciones de establecimiento de hospedaje. Carecer o utilizar extintor diferente a lo dispuesto por las normas vigentes o tener extintor con carga vencida. Consumir licor en la via publica. Criar, conducir o pasear perros o canes peligrosos sin contar con las medidas de seguridad o que no esten vacunados y/o azuzarlos o permitir que intimiden y/o ataquen a otros canes y/o ataquen a las personas. Danar o destruir mobiliario MORDAZA como bancas, paraderos, telefonos publicos, papeleras, postes, contenedores u otros. Denuncia Penal.

038

D.Leg. 635-91

3%

93

039

D.Leg. 635-91 Ley 26859-97

100%

3,100

040

D.Leg. 635-91 Ley 26859-97

100%

3,100

041 042 043

D.Leg. 716-91 D.Leg. 716-91 D.Leg. 635-91 Ley 26859-97 Ord. 082-95-MLM D.Leg. 716-91 Ord. 009-96-MDL D.A. 084-89-MLM

5% 5% 200%

155 155 6,200

044 045 046 047 D 048

10% 5% 20% 10%

310 155 620 310

D.Leg. 420-87

30%

930

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D.Leg. 635-91

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050

Edic. 178-93-MLM D.S. 012-94-IN D.S. 012-94-IN Edic. 178-93-MLM D.Leg. 635-91 D.Leg. 442-87 D.Leg. 442-87 D.S. 012-94-IN D.Leg. 442-87 D.Leg. 635-91 Ley 27596-01

30%

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051 052 053 054 055 056 057 058

50% 50% 5% 10% 10% 10% 10% 100%

1,550 1,550 155 310 310 310 310 3,100

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D.Leg. 635-91

100%

3,100