Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2003 (07/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 7 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 06653

de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y la Planta : : : : : : BC-FM 100.5 MHz OBR-3W 250 w. 256F8E H24

: Pasaje 20, Mz "S", Lote 43 "A", distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash. : L.O. 78° 09' 14" L.S. 10° 04' 10"

Coordenadas RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 118-2003-MTC/03 MORDAZA, 31 de marzo del 2003 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2002-008086, formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion, permiso y licencia; otorgandose la autorizacion por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, los articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 488-2002-MTC/15.19.03.2 y 053-2003-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejara sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 06654

Renuevan autorizacion a empresa para operar estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 124-2003-MTC/03
MORDAZA, 31 de marzo del 2003 VISTA, la solicitud de renovacion de autorizacion para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la empresa RADIO EL TIEMPO S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0072-75-TC/ CO del 14 de agosto de 1975, se reconoce a la empresa RADIO EL TIEMPO S.A., como titular de la autorizacion otorgada a don MORDAZA MORDAZA Vizcarra. Asimismo, se le autoriza por el plazo de diez (10) anos, a operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en OM, en la MORDAZA de Arequipa. El plazo se computara a partir de la expedicion de la licencia de operacion correspondiente, la misma que fue expedida el 1 de enero de 1980; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de conformidad con el Informe Nº 108-2002-MTC/15.19.03.2 del 6 de marzo de 2002, concluye que de acuerdo a la evaluacion tecnica efectuada, es factible acceder a la renovacion de autorizacion de radiodifusion, bajo los parametros descritos en el formato tecnico que adjunta, por lo