Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2002 (07/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de setiembre de 2002

a. Formular y proponer, a traves de la Direccion Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru, las politicas, objetivos y metas a contemplarse en los planes estrategicos y operativos de las acciones y programas de investigacion, asi como de la formacion y capacitacion tecnica, y actualizacion academica y profesional en el area de Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion, en procura de impulsar y asegurar el mejoramiento y desarrollo de los servicios bibliotecarios de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas. b. Organizar, ejecutar y difundir estudios e investigaciones en el area de Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion orientados a mejorar la calidad y eficiencia, asi como el desarrollo de los servicios bibliotecarios en el pais. c. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades y programas de capacitacion tecnica, asi como de formacion y actualizacion profesional en el area de Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion. d. Organizar y administrar el Centro de Documentacion e Informacion en Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion. e. Coordinar, organizar, y ejecutar las acciones, programas y proyectos de edicion, impresion y publicacion de obras de caracter cientifico, tecnico y cultural. f. Realizar otras funciones que le asigne la Direccion Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru. Articulo 67º.- Unidades organicas del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico El Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecologico esta integrado por las siguientes unidades organicas que tienen categoria de Direcciones Ejecutivas: - Direccion de Investigaciones en Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion; - Direccion de Formacion y Capacitacion Bibliotecaria; y, - Direccion de Ediciones. Articulo 68º.- Direccion de Investigaciones en Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion La Direccion de Investigaciones en Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion es el organo encargado de promover, organizar, ejecutar y evaluar las acciones y programas de investigacion en el area de Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion. Asimismo, de coordinar y asegurar su publicacion y difusion en procura de contribuir al mejoramiento y desarrollo integral de los servicios bibliotecarios a nivel nacional. Articulo 69º.- Direccion de Formacion y Capacitacion Bibliotecaria La Direccion de Formacion y Capacitacion Bibliotecaria es el organo encargado de organizar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades y programas de actualizacion profesional, y de formacion y capacitacion tecnica en el area de Bibliotecologia y Ciencias de la Informacion. Articulo 70º.- Direccion de Ediciones La Direccion de Ediciones es el organo responsable de organizar, ejecutar y evaluar las acciones y programas de edicion e impresion de publicaciones y obras que contribuyan al desarrollo bibliotecologico, cultural y educativo del pais. TITULO IV DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS Articulo 71º.- Sistema Nacional de Bibliotecas El Sistema Nacional de Bibliotecas es el conjunto de Bibliotecas y Centros de Documentacion e Informacion, que se organizan, articulan e interactuan a nivel nacional, con el fin de poner a disposicion de la poblacion sus recursos y servicios, aplicando principios, normas tecnicas y procesos bibliotecologicos comunes. Articulo 72º.- Finalidad del Sistema Nacional de Bibliotecas El Sistema Nacional de Bibliotecas comprende ademas principios, normas tecnicas, metodos y procedimientos que regulan los procesos tecnicos organizativos y de

gestion bibliotecologicos y las relaciones entre sus diversos componentes. Articulo 73º.- Objetivos del Sistema Nacional de Bibliotecas Son objetivos del Sistema Nacional de Bibliotecas: a. Establecer y asegurar la ejecucion de las politicas, objetivos y planes estrategicos que coadyuven al fortalecimiento y desarrollo del servicio bibliotecario nacional enmarcado dentro de las politicas y planes de desarrollo economico, educativo, cultural, tecnico y cientifico del pais. b. Asegurar la integracion, sistematizacion, conservacion, control y defensa de los recursos bibliotecologicos como fuente de informacion y patrimonio cultural, asegurando su adecuada difusion, preservacion y utilizacion. c. Impulsar y fomentar el desarrollo y optimizacion permanente de los servicios bibliotecarios e informativos en atencion a las necesidades de los usuarios y el desarrollo del pais. d. Promover y asegurar la integracion, a nivel regional, departamental y local, de las diversas categorias de unidades de informacion a fin de garantizar el acceso a los recursos y MORDAZA de informacion documental y bibliografica disponible. e. Fomentar y asegurar la capacitacion, formacion y actualizacion del potencial humano para asegurar la eficiente y eficaz organizacion, operacion y continuo desarrollo del sistema. Articulo 74º.- Funciones del Sistema Nacional de Bibliotecas Son funciones del Sistema Nacional de Bibliotecas: a. Formular, ejecutar y evaluar los objetivos, politicas y planes estrategicos para el desarrollo del servicio bibliotecario, contemplando la politica educativa y cultural del Estado y el desarrollo economico, social, tecnico y cientifico del pais. b. Promover, ejecutar y velar por la identificacion, acopio, sistematizacion, conservacion, control, defensa y difusion de los recursos bibliotecologicos, fuente de informacion y patrimonio cultural del pais. c. Definir, ejecutar y evaluar politicas y programas que coadyuven a la integracion a las diversas unidades de informacion en subsistemas y redes nacionales, regionales y locales, asi como asegurar la coordinacion y cooperacion reciproca de sus componentes para garantizar una eficiente organizacion, funcionamiento y desarrollo continuo del sistema y del servicio bibliotecario nacional. d. Definir y adoptar politicas de adquisicion, organizacion y administracion de los fondos bibliotecologicos necesarios para apoyar el desarrollo de los servicios de las unidades de informacion del sistema. e. Promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura de las unidades de informacion del sistema en coordinacion con las instituciones competentes. f. Organizar, ejecutar y velar por un servicio bibliotecario moderno y eficiente, acorde con las necesidades y exigencias de los usuarios y el desarrollo del pais. g. Definir, promover y adoptar una politica orientada a la normalizacion y unificacion de los procedimientos tecnicos que permitan asegurar una organizacion y gestion de la informacion eficiente y eficaz. h. Promover y asegurar el desarrollo de acciones orientadas a la organizacion, ejecucion y actualizacion de un inventario de los recursos bibliotecologicos. i. Apoyar al establecimiento y fortalecimiento de los Centros Bibliograficos Regionales. j. Promover y asegurar acciones y programas para la elaboracion y difusion de documentos especializados, como catalogos colectivos, bibliografias y otros de caracter tecnico bibliotecologico y de informacion, en cualquier MORDAZA de soporte. k. Promover, ejecutar y difundir estudios e investigaciones bibliograficas y de desarrollo bibliotecologico. l. Fomentar y organizar acciones de coordinacion y apoyo para la ejecucion de las politicas de promocion del libro y la lectura, asi como acciones y programas de educacion de usuarios, orientadas a contribuir a la erradicacion del analfabetismo funcional o por desuso. m. Promover, coordinar y asegurar la organizacion y ejecucion de acciones de capacitacion, formacion y ac-