Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2002 (04/01/2002)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 4 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 215053

PODER EJECUTIVO
PCM
Aprueban reglas transitorias de gestion y ejecucion presupuestal de las Direcciones Regionales Sectoriales para el ano fiscal 2002
DECRETO SUPREMO Nº 001-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 188º de la Constitucion Politica senala que la descentralizacion es un MORDAZA permanente, que tiene como objetivo el desarrollo integral del pais; Que, el MORDAZA de descentralizacion tiene la MORDAZA prioridad dentro de las decisiones del Gobierno; Que, la Sexta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2002 ha establecido que el Ministerio de la Presidencia y los Ministros a cargo de los sectores Educacion, Salud, Agricultura, Pesqueria, Trabajo y Promocion Social; Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Energia y Minas e, Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; deberan emitir Decretos Supremos, regulando la reestructuracion, gestion y uso de recursos de las Direcciones Regionales a cargo de los Consejos Transitorios de Administracion Regional (CTARs), para el ejercicio 2002; Que, los Decretos Supremos en mencion deberan referirse a la ejecucion del gasto en las respectivas Direcciones Regionales Sectoriales, las transferencias presupuestales y primordialmente, la reestructuracion organizacional y presupuestaria de las Direcciones Regionales Sectoriales; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros coordina la actividad intersectorial de la funcion politica administrativa del Estado; correspondiendole por tanto, promover la elaboracion de la normatividad senalada en la Sexta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2002; Que, es necesario dictar medidas que permitan llevar a cabo un MORDAZA de descentralizacion racional, eficiente, ordenado, progresivo y de acuerdo a las disposiciones sobre reforma constitucional aprobadas por el Congreso de la Republica; Que, adicionalmente, las medidas dictadas permitiran asegurar la homogeneidad en la gestion de las direcciones regionales sectoriales, la ejecucion de los programas nacionales y proyectos de inversion y, finalmente, el cumplimiento de los objetivos, metas y prioridades sectoriales; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Reglas transitorias de gestion y ejecucion presupuestal de las Direcciones Regionales Sectoriales, para el ano fiscal 2002. Apruebase -segun el anexo que forma parte integrante de la presente norma- las reglas transitorias de gestion y ejecucion presupuestal de las Direcciones Regionales Sectoriales, para el ejercicio fiscal 2002, dentro del MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion iniciado y de acuerdo con lo senalado en la Sexta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2002. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economia y Finanzas, Presidencia, Educacion, Salud, Agricultura, Pesqueria, Trabajo y Promocion Social; Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Energia y Minas, e Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de enero del ano dos mil dos.

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CAPURRO Ministro del Interior Encargado de la Cartera de la Presidencia MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Reglas de gestion y ejecucion presupuestal de las Direcciones Regionales Sectoriales, para el ejercicio fiscal 2002 1.- Consolidacion de funciones sectoriales en los Consejos Transitorios de Administracion Regional (CTAR). 1.1 Dentro de los 30 dias siguientes a la publicacion de la presente MORDAZA, los Ministerios de Educacion, Salud, Agricultura, Pesqueria, Trabajo y Promocion Social; Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Energia y Minas e, Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; estableceran mediante Decreto Supremo, las funciones de las Direcciones Regionales Sectoriales que permaneceran bajo responsabilidad de los CTARs. 1.2 Los Ministerios correspondientes dictaran las normas de gestion, para los organos de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, encargados de la ejecucion de aquellas funciones sectoriales que permanezcan bajo la responsabilidad de dichos Consejos, en virtud de lo establecido en la presente norma. El cumplimiento de dichas normas de gestion es obligatorio, bajo responsabilidad del Presidente del Consejo Transitorio de Administracion Regional. 2.- Ejecucion Presupuestaria de las Direcciones Regionales Sectoriales 2.1 La Direccion Nacional de Presupuesto Publico elaborara la propuesta de asignaciones trimestrales de las Direcciones Regionales Sectoriales, en coordinacion con el Ministerio correspondiente. Dichas asignaciones se hacen de conocimiento de los CTARs, con el proposito que la ejecucion presupuestaria de las mismas, se enmarque dentro de los lineamientos, prioridades y metas que establece el Sector correspondiente. Para tal efecto, las Direcciones Regionales Sectoriales, incluyendo las unidades ejecutoras bajo su ambito, deberan remitir a partir del mes de marzo del 2002 a la Oficina de Presupuesto o a la que haga sus veces en el Ministerio del cual dependen funcionalmente, sus requerimientos presupuestarios. Estos requerimientos deberan realizarse dentro de los diez (10) dias calendario del mes previo al inicio de cada trimestre. 2.2 Las solicitudes planteadas a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico para la creacion, supresion, redimensionamiento y reestructuracion de unidades ejecutoras que correspondan a las Direcciones Regionales Sectoriales deberan contar con la opinion favorable del Ministerio del cual dependen funcionalmente. 3.- Reestructuracion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Declarese a los Consejos Transitorios de Administracion Regional en MORDAZA de reestructuracion organiza-