Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2001 (11/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 11 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 19808

MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fecha 14 de febrero del 2001, que recomienda la concesion del Indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor del citado ciudadano, por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prision constituye una situacion que debe ser remediada con la restitucion de la MORDAZA individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demas derechos y, en su oportunidad, a reparar adecuadamente el dano causado; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a RULLER MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de El MORDAZA - Trujillo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19815

JUSTICIA
Conceden indulto a 5 sentenciados por delito de terrorismo o traicion a la patria de los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Seguridad de Huamancaca y El MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 116-2001-JUS MORDAZA, 9 de marzo de 2001 Vista las solicitudes presentadas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dilver MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como los Informes de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fechas 14 y 17 de febrero del 2001, que recomiendan la concesion del Indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor de los citados ciudadanos, por encontrarse sus solicitudes dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prision constituye una situacion que debe ser remediada con la restitucion de la MORDAZA individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demas derechos y, en su oportunidad, a reparar adecuadamente el dano causado; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DILVER MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Huamancaca - Huancayo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19814 RESOLUCION SUPREMA Nº 117-2001-JUS MORDAZA, 9 de marzo de 2001 Vista la solicitud presentada por Ruller MORDAZA MORDAZA, asi como el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de

Autorizan a diversas instituciones funcionar como centros de conciliacion en las ciudades de MORDAZA, Huaral y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 047-2001-JUS MORDAZA, 7 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 01188-2001, de fecha 16 de enero de 2001, de la asociacion Escuela Latinoamericana de Negocios y Administracion - ESLATINA; CONSIDERANDO: Que la asociacion Escuela Latinoamericana de Negocios y Administracion - ESLATINA, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion MORDAZA Grande", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 15 de febrero de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 127-2001-JUS/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Escuela Latinoamericana de Negocios y Administracion - ESLATINA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del