Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2001 (11/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, MORDAZA 11 de marzo de 2001

Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Escuela Latinoamericana de Negocios y Administracion - ESLATINA, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion MORDAZA Grande", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 19764 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 048-2001-JUS MORDAZA, 7 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 14487 de fecha 22 de setiembre de 2000 del Instituto Peruano de Conciliacion Extrajudicial - INPECOEX; CONSIDERANDO: Que el Instituto Peruano de Conciliacion Extrajudicial INPECOEX, es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Paz en Justicia", con sede en la MORDAZA de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 13 de febrero de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 125-2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del Instituto Peruano de Conciliacion Extrajudicial - INPECOEX; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 265-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Instituto Peruano de Conciliacion Extrajudicial - INPECOEX, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion Paz en Justicia", con sede en la MORDAZA de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 19765 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 049-2001-JUS MORDAZA, 7 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18514-2000, de fecha 27 de noviembre de 2000, de la asociacion Instituto de Desarrollo Social y Promocion de la Cultura de Paz;

Que la asociacion Instituto de Desarrollo Social y Promocion de la Cultura de Paz; es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Union y Paz" - UNI-PAZ, con sede en la MORDAZA de Trujillo; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 1 de febrero de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 117-2001-JUS/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Instituto de Desarrollo Social y Promocion de la Cultura de Paz; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Instituto de Desarrollo Social y Promocion de la Cultura de Paz, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Union y Paz" - UNI-PAZ, con sede en la MORDAZA de Trujillo. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 19766 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 102-2001-JUS Mediante Oficio Nº 0472-2001-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 102-2001-JUS, publicada en nuestra edicion del dia 7 de marzo de 2001, en la pagina 199625. DICE: Articulo 1º."Designar, a partir de la fecha al psicologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA KENETH..." DEBE DECIR: Articulo 1º."Designar, a partir de la fecha al psicologo KENETH MORDAZA MORDAZA LANDEO..." 19826

PROMUDEH
Dejan sin efecto resolucion que designo fedatarios titular y suplente del CONADIS
RESOLUCION EJECUTIVA Nº 019-2001-SE/CONADIS MORDAZA, 6 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 25035, del 10 de junio de 1989, Ley de Simplificacion Administrativa, institucionaliza