Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2001 (03/07/2001)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO

EN

1825

POR EL

MORDAZA TADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7681

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 205927

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

PCM
Modifican el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 079-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850, de fecha 30 de MORDAZA de 1997, se promulgo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificada mediante Leyes Nºs. 27070, 27148 y 27330; Que, mediante Decreto Supremos Nº 012-2001-PCM y Nº 013-2001-PCM se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27330; Que, acogiendo las sugerencias y aportes formulados por los gremios empresariales a la regulacion contenida en el citado Reglamento, resulta conveniente perfeccionar dicho cuerpo normativo, a fin de uniformar los criterios para su aplicacion, corregir los vacios existentes, y fortalecer la presencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE en los procesos de seleccion no publicos, en su calidad de organismo rector de la materia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el inciso 26) del Articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el mismo que quedara redactado con el siguiente texto: "26. Obra similar: Obra de naturaleza semejante a la que se desea contratar, independientemente de su magnitud y fecha de ejecucion." Articulo 2º.- Modificase el MORDAZA parrafo del numeral 3) del Articulo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el mismo que quedara redactado con el siguiente texto: "Los contratos de locacion de servicios con personas naturales y de consultoria distintos a las obras contratadas hasta por periodos de un (1) ano, podran ser prorrogados por periodos menores o iguales siempre que los precios u honorarios MORDAZA los mismos o se encuentren sujetos a reajuste en base al Indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI y que contengan una clausula de resolucion unilateral a favor de la Entidad sin pago de indemnizacion por ningun concepto." Articulo 3º.- Modificase los Articulos 6º, 16º, 19º, 29º, 40º, 44º, 46º, 59º, 62º, 64º, 68º, 69º, 70º, 80º, 90º, 93º, 96º,

100º, 102º, 103º, 108º, 123º, 130º, 136º, 139º, 147º, 148º, 154º, 160º, 163º, 164º, 178º, 205º y 208º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los mismos que quedaran redactados con los siguientes textos: "Articulo 6º.- Contenido minimo del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.El Plan Anual contendra, por lo menos, la siguiente informacion: a) Las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas que se realizaran en el ano fiscal. Opcionalmente, podra incluirse informacion relativa a las adjudicaciones de menor cuantia. b) El objeto de la contratacion o adquisicion. c) La sintesis de las especificaciones tecnicas de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar. d) El valor estimado de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar. e) La fuente de financiamiento. f) Los niveles de centralizacion y desconcentracion de la facultad de adquirir y contratar. g) Las fechas probables de las convocatorias de los procesos de seleccion planificados." Articulo 16º.- Procesos de seleccion segun relacion de items.1. Mediante el MORDAZA de Seleccion segun Relacion de Items, la Entidad puede convocar en un solo MORDAZA la adquisicion o contratacion de bienes, servicios o ejecucion de obras distintos pero vinculados entre si. Para proceder a su convocatoria, la Entidad debera tener en cuenta la viabilidad economica, tecnica y/o administrativa de la vinculacion. Cada uno de los items constituye un MORDAZA menor dentro del MORDAZA de seleccion principal. A ellos les seran aplicables las reglas correspondientes al MORDAZA principal, con las excepciones previstas en el presente Reglamento, respetandose la naturaleza del objeto de cada item. En los casos de items cuyo objeto sea la ejecucion o consultoria de obras, los postores deberan cumplir los requerimientos exigidos en la Ley y el presente Reglamento para tales procesos. En el caso de declaracion de desierto de uno o varios items, el MORDAZA de seleccion que corresponde para la MORDAZA convocatoria se determinara de acuerdo al valor referencial obtenido de la sumatoria de los mismos. 2. Las Entidades que brindan prestaciones de salud y que tengan la necesidad de adquirir bienes y/o servicios de naturaleza estrategica o critica, se sujetaran a las siguientes disposiciones: a) El Comite respectivo debera verificar la existencia de cuando menos dos ofertas validas considerando el MORDAZA como una integridad. b) Si en alguno o algunos items hubiese una sola oferta valida, el Comite podra otorgar la Buena Pro declarando bajo responsabilidad que los bienes o servicios son indispensables. c) Cuando en el MORDAZA se verifique que mas de un quince por ciento (15%) de los items se hubiese otorgado contando con una sola oferta valida, el hecho se informara a la Contraloria General de la Republica. d) Dentro del primer mes de cada ano, el Titular del Pliego Presupuestal correspondiente aprobara y publicara en el Diario Oficial El Peruano, la lista de los bienes y servicios a ser considerados como de naturaleza estrategica o critica.