Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2001 (22/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de enero de 2001

SG-IT.02 "Formulacion y Tramitacion de Documentos Institucionales", disponiendose el uso obligatorio del Formato Electronico de Documentos Internos (FEDI); Que, el inciso e) del Articulo 104º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF modificado por Ley Nº 27256, establece la posibilidad de efectuar notificaciones a traves de la pagina web de la Administracion Tributaria; Que, el Articulo 80º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, permite efectuar comunicaciones y notificaciones empleando cualquier medio siempre que MORDAZA MORDAZA de su recepcion; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 25035, Ley de Simplificacion Administrativa, concordante con los Articulos 8º y s.s. de su Reglamento, D.S. Nº 070-89-PCM, faculta a los fedatarios autenticar o certificar MORDAZA de un documento original; Que, de conformidad con la Ley Nº 27269, modificada por la Ley Nº 27310, Ley Nº 27291, Ley Nº 27309, Decreto Legislativo Nº 681 y sus modificatorias, Ley Nº 26612, Decreto Legislativo Nº 827 y Ley Nº 27323, Decretos Supremos Nºs. 009-92-JUS y 001-2000-JUS, asi como Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS, se ha legislado respecto al uso de tecnologias avanzadas en materia de archivo, y utilizacion y validez de la Firma Digital, Certificados Digitales y la incorporacion de los delitos informaticos al Codigo Penal, asi como al Fedatario Juramentado; y, En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001491 del 4 de octubre del 2000 que aprueban la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer a nivel nacional el uso obligatorio por parte del personal de ADUANAS del "Formato Electronico de Documentos Internos" (FEDI) en la tramitacion interna de documentos que no esten relacionados con el Despacho de Mercancias. Articulo 2º.- Precisar que es obligacion de los trabajadores de Aduanas abrir y consultar permanentemente su correo electronico, asi como responder los mensajes a la brevedad posible. Articulo 3º.- Salvo disposicion expresa en contrario, los plazos se computan a partir del dia siguiente de la recepcion de los documentos, siendo el acuse de recibo y lectura el que indique la fecha y hora en que el destinatario recibio la comunicacion. Articulo 4º.- El personal de ADUANAS, bajo responsabilidad, debe mantener el caracter de secretas e intransferibles las claves de acceso a la red, correo electronico y aplicaciones del sistema de informacion aduanera, asi como hacer un correcto uso de los equipos de computacion asignados y aplicaciones autorizadas. Articulo 5º.- Adicionar como inciso r) del Articulo 34º del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001607 del 2.JUL.97, el siguiente texto: "r) Guardar la confidencialidad en el manejo de los codigos y claves de acceso a la red, correo electronico y aplicaciones del sistema de informacion aduanera, asi como la conservacion de los equipos de computacion, y el mantenimiento de la reserva y seguridad de la informacion". Articulo 6º.- Autorizar el uso obligatorio de firmas y certificados digitales en las resoluciones que se expidan. Articulo 7º.- Establecer como medio de comunicacion entre ADUANAS y los operadores de comercio exterior, proveedores y entidades, el MORDAZA de ADUANAS y los sistemas inter-organizacionales basados en el intercambio electronico de datos, con el efecto que la ley les concede. Articulo 8º.- La validez, seguridad, integridad, confidencialidad, inalterabilidad y archivo de los formatos documentales y electronicos a que se contrae la presente resolucion, estaran resguardadas conforme a las disposiciones legales de la materia.

Articulo 9º.- Las copias autenticadas de los documentos electronicos seran expedidas por los fedatarios publicos juramentados autorizados, autenticandolas con su signo y firma, mediante sello ad hoc, conforme a lo establecido. Articulo 10º.- Aprobar la version 3 del Instructivo de Trabajo SG-IT.02 -Formulacion y Tramitacion de Documentos Institucionales. Articulo 11º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 16674

SUNARP
Encargan jefaturas de Oficinas Registrales Nor Oriental del Maranon, Grau y Chavin
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 017-2001-SUNARP/SN MORDAZA, 19 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nºs. 357, 366 y 356-99SUNARP, todas de fecha 30 de noviembre de 1999, se designo a los senores Dr. MORDAZA MORDAZA Lombardi MORDAZA, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y CPC Austragilda MORDAZA Ganoza, como Jefes de las Oficinas Registrales Nor Oriental del Maranon, Grau y Chavin respectivamente; Que, las personas mencionadas en el parrafo precedente, mediante cartas fechadas el 15 de enero del 2001, formularon renuncia irrevocable a los cargos de Jefes de Oficina Registral que vienen ostentando a la fecha; Que, el Directorio en su sesion de fecha 18 de enero del 2000, ha acordado por unanimidad, aceptar las renuncias formuladas por los jefes indicados, habiendo acordado asimismo, encargar las Jefaturas de las Oficinas Registrales mencionadas en el primer considerando de la presente Resolucion, a los Gerentes Tecnicos Registrales respectivos; Estando a lo acordado, y en uso de las atribuciones conferidas por el literal v), del Articulo 7º, del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Dr. MORDAZA MORDAZA Lombardi MORDAZA, al cargo de Jefe de la Oficina Registral Nor Oriental del Maranon, a partir del 22 de enero del 2001, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Jefe de la Oficina Registral Grau, a partir del 22 de enero del 2001, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- Aceptar la renuncia formulada por la CPC Austragilda MORDAZA Ganoza, al cargo de Jefe de la Oficina Registral Chavin, a partir del 22 de enero del 2001, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 4º.- Encargar, a partir del 22 de enero del 2001, la Jefatura de la Oficina Registral Nor Oriental del Maranon, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vera; la Jefatura de la Oficina Registral Grau, al Dr. MORDAZA MORDAZA Burneo Vigil; y la Jefatura de la Oficina Registral Chavin, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCO Superintendente Nacional de los Registros Publicos 16659