Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2000 (16/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2000 121.453 121.455 121.457

NORMAS LEGALES
121.557 121.559 121.561

Pag. 190325
Emergencias: Transportadores aereos internacionales y nacionales. Emergencias: Transportadores aereos no regulares y operadores comerciales. Reporte meteorologico de condiciones potencialmente peligrosas e irregularidades de instalaciones en tierra y de las ayudas a la navegacion. Reportes de discrepancias mecanicas. Informe de aterrizaje con motor inoperativo. Procedimientos de aproximacion instrumental y minimos de aterrizaje IFR. Intercambio de equipo: Operador Certificado internacional y nacional. Capacidad de evacuacion del avion. Informacion a los pasajeros MORDAZA del despegue. Informacion a los pasajeros: Operacion Extensa sobre el agua. Oxigeno medico para uso de los pasajeros. Bebidas alcoholicas. Retencion de articulos de masa en compartimientos de tripulacion y pasajero. Almacenaje de alimentos, bebidas y equipo de servicios al pasajero durante el movimiento del avion en la superficie, el despegue y aterrizaje. Concentracion de ozono (no aplicable) Alturas minimas para el uso de piloto automatico. Asiento Delantero de observador: Inspecciones en ruta. Transporte de personas sin el cumplimiento de requerimientos de transporte de pasajeros de esta parte. Asientos en salidas de emergencia. (Exit) Autoridad para rehusar transporte. Cerrando y asegurando la MORDAZA del compartimiento de tripulacion de vuelo (cabina de mando). Equipaje de mano. Uso de aeropuertos terrestres certificados.

Experiencia Reciente: Ingeniero de Vuelo. Uso de drogas prohibidas. (Reservado) Pruebas para drogas prohibidas. (Reservado)

SUBPARTE N: TIEMPO LIMITE DE JORNADA Y CALIFICACION PARA DESPACHADORES DE AERONAVES: TRANSPORTADORES REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES 121.461 121.463 121.465 Aplicabilidad. Calificaciones del despachador de aeronave. Limitaciones de jornada de trabajo para despechadores de vuelo: Transportadores Aereos nacionales e internacionales regulares.

121.563 121.565 121.567 121.569 121.570 121.571 121.573 121.574 121.575 121.576 121.577

SUBPARTE O: LIMITACIONES DE TIEMPO DE VUELO Y REQUERIMIENTOS DE DESCANSO: TRANSPORTADORES AEREOS NACIONALES REGULARES Y NO REGULARES 121.470 121.470 21.471 Aplicabilidad. a Definiciones. Limitaciones de tiempo de Vuelo y requerimientos de descanso: Todos los tripulantes aereos.

SUBPARTE P:LIMITACIONES DEL TIEMPO DE VUELO. TRANSPORTADORES AEREOS REGULARES Y NO REGULARES NACIONALES QUE OPERAN TAMBIEN COMO INTERNACIONALES. 121.480 121.481 121.483 121.485 121.487 121.489 121.491 121.493 Aplicabilidad Limitaciones de tiempo de vuelo: Tripulacion de uno o dos pilotos Limitaciones de tiempo de vuelo de dos pilotos y un piloto adicional. Limitaciones de tiempo de vuelo: En aeronaves con tripulacion de tres o mas pilotos (uno o mas pilotos de refuerzo). Reservado. Limitaciones de tiempo de vuelo: Otras operaciones comerciales de vuelo. Limitaciones de tiempo de vuelo: Transporte de traslado. (Deadhead) Limitaciones de tiempo de vuelo: Ingenieros de vuelo.

121.578 121.579 121.581 121.583 121.585 121.586 121.587 121.589 121.590

SUBPARTE S: DESPACHO DE AERONAVES 121.591 121.593 121.595 121.597 Aplicabilidad. Autoridad del Despachador Autoridad de Despacho: Transportadores aereos internacionales. Autoridad de liberacion de un vuelo: Transportadores aereos no regulares o Servicios aereos especiales y operadores comerciales. Evaluacion de las condiciones del tiempo Informacion del despachador de aeronave al piloto al mando: Transportadores Aereos nacionales e internacionales Regulares. Instalaciones y Servicios: Transportadores aereos no regulares y operadores comerciales. Equipamiento de la Aeronave. Equipos de comunicacion y navegacion: Transportadores Aereos Nacionales e Internacionales. Equipos de comunicacion y navegacion: Transportadores aereos No Regulares y Operadores Comerciales. Despacho o autorizacion de vuelo bajo VFR. Despacho o autorizacion de vuelo bajo IFR o sobre el Tope. Despacho o autorizacion de vuelo sobre el agua: Transportadores Aereos Internacionales, No Regulares y Operadores comerciales. Aeropuerto alterno para el despegue. Aeropuerto alterno para el destino: IFR o sobre el tope: Transportadores Aereos Nacionales. Aeropuerto alterno para el destino: Transportadores Aereos Internacionales.

SUBPARTE Q: RESERVADO SUBPARTE R: OPERACIONES DE VUELO 121.531 121.533 121.535 121.537 121.538 121.539 121.541 121.542 121.543 121.545 121.547 121.548 121.549 121.551 121.553 121.555 Aplicabilidad. Responsabilidad del control operacional: Transportadores aereos regulares nacionales e internacionales. Responsabilidad del control operacional: Transportador aereo internacional. (Reservado) Responsabilidad en el control operacional: Transportadores aereos no regulares. Seguridad del avion. Informacion de las Operaciones. Itinerarios de operaciones: Transportadores aereo nacionales e internacionales. Deberes de los tripulantes aereos. Tripulante aereo en los controles. Manipulacion de controles. Ingreso a la cabina de mando. Credenciales del Inspector de Seguridad Aerea: Ingreso al compartimiento del piloto (cabina). Equipo de vuelo. Restriccion o suspension de operaciones: Transportador aereo internacional y nacional. Restriccion o suspension de operacion: Transportadores aereos no regulares y operadores comerciales Cumplimiento de rutas aprobadas y limitaciones: Transportadores aereos internacionales y nacionales.

121.599 121.601

121.603 121.605 121.607 121.609 121.611 121.613 121.615

121.617 121.619 121.621