Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2000 (20/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de febrero de 2000

De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y, el Articulo 169º del Reglamento Consular aprobado por Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul General del Peru en Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, en fecha a fijarse por Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Las Letras Patentes se entenderan canceladas a partir de la fecha que se fije en la Resolucion Ministerial aludida en el primer articulo de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2081

adquisicion del software y hardware que requiere el MORDAZA Electoral del ano 2000; Que, el equipo informatico por adquirir es necesario para la eficiencia de las funciones que por mandato de Ley corresponden al MORDAZA Nacional de Elecciones y su ausencia compromete en forma directa e inminente la continuidad de las operaciones de la Institucion; Que, de acuerdo a lo expuesto, se considera situacion de urgencia segun lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850; Que, segun el Articulo 19º, inciso d) de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de Licitacion Publica y Concurso Publico, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia; Que, en consecuencia, al haberse configurado una situacion de urgencia en los terminos del Articulo 21º de la Ley Nº 26850, al MORDAZA de lo dispuesto en el inciso c), del Articulo 19º de la referida Ley, resulta procedente exonerar la adquisicion del equipo informatico del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, correspondiendole la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, tal como dispone el Articulo 20º de la Ley Nº 26850 y el Articulo 44º, inciso c) de su reglamento; Con el visto MORDAZA de la Gerencia General y la Oficina de Asesoria Juridica y, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 26850 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM y la Ley Nº 26486 - Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la adquisicion del equipo informatico necesario para el inminente MORDAZA Electoral y en consecuencia, exonerese del MORDAZA de seleccion bajo la modalidad de Licitacion Publica, AUTORIZANDO se efectue bajo la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia General informe de la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE OCA MORDAZA Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones 2093

Nombran Consul General del Peru en Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 096-2000-RE MORDAZA, 18 de febrero del 2000 De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y los Articulos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 000279-RE, Reglamento Consular de la Republica, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul General del Peru en Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil. 2º.- La jurisdiccion consular sera la establecida en la Resolucion Suprema Nº 0172-88-RE, de 28 de MORDAZA de 1988. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. 4º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2082

ADUANAS
Modifican procedimientos Manifiesto de Carga y Rectificacion de Errores del Manifiesto
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2000-000437 Callao, 17 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000984 publicada el 12.SET.99 se aprueban diversos Procedimientos adecuados al Sistema de la Calidad de ADUANAS, entre ellos el de "Manifiesto de Carga" INTA-PG.09; asi como el de "Rectificacion de Errores del Manifiesto" INTA-PE.09.02; Que, con Resolucion Nº 0048-A.2000 publicada el 3.FEB.2000 el Tribunal Fiscal Sala de Aduanas revoca en parte la Resolucion de Gerencia Nº 118-014/1999.001080 del 20.9.99 expedida por la Intendencia de Aduana Maritima del Callao, en cuanto se refiere a la aplicacion de la sancion adicional de 0.025 UIT por dia que viene aplicando la Administracion Aduanera, en aquellos casos que el transportista o su representante solicita la rectificacion de los errores cometidos con respecto al Manifiesto dentro del plazo de quince (15) dias establecidos en el Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 121-96-EF; Que, sobre esta infraccion la Sala de Aduanas del Tribunal Fiscal resuelve que solo resulta procedente sancionar con una multa de 0.1 de la UIT y no que se calcule adicionalmente una multa por cada dia que transcurre entre el termino de la descarga y la solicitud de rectificacion o la recepcion de la DUIM (Cancelacion), toda vez que el transportista o su representante de conformidad con lo previsto en el Articulo 41º del MORDAZA acotado Decreto Supremo, cuentan con un plazo legal de 15 dias utiles para solicitar la rectificacion de los errores cometidos con respecto al Manifiesto o documentos de embarque entregados; Que, en ese sentido y tal como viene interpretando el Tribunal Fiscal, recien procede calcular la sancion por dia de atraso en solicitarse la rectificacion del Manifiesto a partir del decimosexto dia, que es cuando se configura la infraccion de extemporaneidad tipificada en el numeral 4) del inciso a) del MORDAZA mencionado Art. 103º de la Ley General de Aduanas; Que, teniendo en consideracion que la interpretacion efectuada por el Tribunal Fiscal sobre los alcances del precitado Articulo 103º inciso a) numeral 2), y la parte pertinente de la Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo Nº 122-96EF, constituye jurisprudencia de observancia obligatoria vigente a partir de la fecha de publicacion de la precitada Resolucion Nº 0048-A-2000; lo cual conlleva a la modificacion en la parte pertinente de los Procedimientos INTA-PG.09, e INTA-PE.09.02, para su inmediata aplicacion por las Aduanas de la Republica;

JNE
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de equipo informatico a utilizarse en el MORDAZA Electoral del ano 2000
RESOLUCION Nº 036-2000-P/JNE MORDAZA, 18 de febrero de 2000 Visto el Oficio Nº 35-2000-OA/JNE, de 14 de febrero del 2000, de la Jefatura de la Oficina de Abastecimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, declarandose en situacion de urgencia, la adquisicion de equipos informaticos necesarios que esta Institucion debe adquirir, acogiendonos al Articulo 19º, Inc. c) y al Articulo 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; por ser imposible organizar y desarrollar un MORDAZA de seleccion adecuado, por lo ajustado del calendario. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene a su cargo la fiscalizacion de la legalidad del MORDAZA electoral, y para poder realizar su labor se requiere contar con equipo informatico apropiado que permita una atencion conveniente a la ciudadania; Que, de adquirirse el referido equipo informatico mediante una Licitacion Publica, ante el tiempo que demanda la organizacion y desarrollo de tal MORDAZA de seleccion, no se podria contar en forma oportuna con el mencionado equipo informatico, por lo que es necesario adoptar acciones inmediatas que garanticen la