Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2000 (20/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 20 de febrero de 2000
Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 2077

NORMAS LEGALES

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Otorgan autorizacion de generacion de energia electrica en sistema aislado a pequena central hidroelectrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 031-2000-EM/VME MORDAZA, 26 de enero de 2000 Visto el Expediente Nº 31093498 que incluye los documentos con Registros Nº 1213961 y Nº 1215082, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por COMPANIA MINERA SAN MORDAZA DE MOROCOCHA S.A., persona juridica inscrita en el asiento 2, a fojas 415, del tomo 2 del Libro de Sociedades del Registro de Concesiones y Derechos Mineros; CONSIDERANDO: Que, COMPANIA MINERA SAN MORDAZA DE MOROCOCHA S.A., ha solicitado autorizacion en sistema aislado, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en la central hidroelectrica Monobamba II, de propiedad de la solicitante, la que tendra una capacidad instalada de 5.33 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 294-99-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a COMPANIA MINERA SAN MORDAZA DE MOROCOCHA S.A., que se identificara con Codigo Nº 31093498, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica, en las instalaciones de la central hidroelectrica Monobamba II, de propiedad de la solicitante, que operara en el distrito de Vitoc, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: Potencia Instalada (MW) MORDAZA de turbina Caudal MORDAZA (m³/s.) Velocidad (r.p.m.) Salto (m.) Recurso hidrico : : : : : : 5.33 MORDAZA 6 600 102 Rio Monobamba

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de representantes del Ministerio a MORDAZA, para participar en el curso "Gestion de Seguridad y Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad en la Competitividad de las Empresas Mineras"
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2000-EM MORDAZA, 18 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, del 21 al 25 de febrero del 2000, se realizara el Curso Internacional denominado "Gestion de Seguridad y Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad en la Competitividad de las Empresas Mineras", organizado por el Servicio Nacional de Geologia y Mineria - SERNAGEOMIN, en la MORDAZA de Copiapo, Chile; Que, el objetivo principal del curso es capacitar a profesionales de instituciones y empresas mineras de Bolivia y Peru, en el area de la Gestion de Riesgos y del Medio Ambiente y Calidad, a traves de la entrega de experiencias y herramientas tecnicas que permita a los profesionales, las empresas y los respectivos paises, aplicar todo este conocimiento para el cumplimiento de las normas legales y desarrollo de las operaciones mineras, en sus respectivos paises, de acuerdo al posicionamiento tecnico exigido con los actuales niveles de competitividad; Que, el Director Nacional del SERNAGEOMIN, mediante carta de fecha 14 de febrero del 2000, comunico al Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, que han sido seleccionados como becarios del Curso Internacional MORDAZA senalado los Ings. MORDAZA MORDAZA Huyhua, Director de Fiscalizacion Minera y MORDAZA Mendieta MORDAZA, Ingeniero II de la Direccion de Promocion y Desarrollo Minero, de la Direccion General de Mineria y el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero en Medio Ambiente de la Direccion General de Asuntos Ambientales, del Ministerio de Energia y Minas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los Ings. MORDAZA MORDAZA Huyhua, Director de Fiscalizacion Minera y MORDAZA Mendieta MORDAZA, Ingeniero II de la Direccion de Promocion y Desarrollo Minero, de la Direccion General de Mineria y del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero en Medio Ambiente de la Direccion General de Asuntos Ambientales, del Ministerio de Energia y Minas, del 20 al 26 de febrero del 2000, a la MORDAZA de Copiapo, MORDAZA, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de Tarifa Corpac y parte de los viaticos que ascienden a US$ 1,125.00 (Mil Ciento Veinticinco y 00/100 Dolares Americanos), seran cubiertos por el Ministerio de Energia y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Parte de los viaticos (US$ 50.00 x 7 dias x 3) US$ 1,050,00 Tarifa Corpac (US$ 25.00 x 3) US$ 75.00 -----------TOTAL US$ 1,125.00 Los gastos por concepto de pasajes, alojamiento y alimentacion seran cubiertos por el Servicio Nacional de Geologia y Mineria - SERNAGEOMIN. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 2094

Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y demas normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 1349

Otorgan autorizacion de generacion de energia electrica termica para consumo propio, a empresa fruticola en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 043-2000-EM/VME MORDAZA, 8 de febrero de 2000 Visto el Expediente Nº 33099499 que incluye los documentos con Registro Nº 1265192, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por la PROCESADORA FRUTICOLA S.A., persona juridica inscrita en el Asiento 1, fojas 437, tomo 14 del Registro de Sociedades Mercantiles de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, la PROCESADORA FRUTICOLA S.A., ha solicitado, autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en la central termica PROFRUSA, de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 0.53 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Articulo 67º de su