Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 1999 (30/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios FOB de referencia para la aplicacion del derecho especifico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Del 11/10 al 17/10 Maiz BDTE 86 Arroz DBTK 203 Azucar SUGRCSCS 148

PESQUERIA
Declaran improcedentes solicitudes de ampliaciones de permiso y destino de pesca de recursos anchoveta y sardina presentadas por armadores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 252-99-PE/DNE MORDAZA, 27 de octubre de 1999 Visto los escritos de Registros Nºs. 05954002, 03107003, 02394003 y 03108003, de fechas 3 de agosto, 7 de setiembre, 6 y 16 de noviembre, 16 de diciembre de 1998, 1 de febrero, 12 de MORDAZA y 3 de junio de 1999, presentados por los armadores MORDAZA PUESCAS MORDAZA y MORDAZA MORDAZA FIESTAS; CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 617-97PE, de fecha 20 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA PUESCAS MORDAZA, MORDAZA PUESCAS MORDAZA y MORDAZA PUESCAS MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "MI BARTOLITA 2" de Matricula Nº PO-10380-CM, con 36.59 m3 de capacidad de bodega y a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "DON MORDAZA II", con Matricula Nº PL-4341-BM, de 33.73 m3 de capacidad de bodega, utilizando como arte de pesca red de cerco con longitud minima de malla de 1 1/2 pulgadas y como sistema de preservacion hielo, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, respectivamente; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 781-97-PE de fecha 3 de diciembre de 1997 se declaro a los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina como plenamente explotados, restringiendose el acceso a su explotacion a traves de la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de bodega de la flota existente en la misma pesqueria, en virtud del Articulo 19º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; Que la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, de fecha 18 de diciembre de 1997, establece que los armadores de las embarcaciones pesqueras comprendidas en el Anexo B del Decreto Supremo Nº 006-97-PE o que hayan sido incorporadas al citado anexo mediante Resolucion Ministerial correspondiente, podran solicitar ampliacion de su permiso de pesca para los recursos anchoveta o sardina, segun corresponda, siempre que hayan sido construidas con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 750, Ley de la Promocion de las Inversiones en el Sector Pesquero, conforme conste en el certificado de matricula, y hayan realizado actividad extractiva de los recursos anchoveta o sardina indistintamente, con anterioridad a la vigencia del citado Decreto Legislativo; Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan ampliacion del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial citada en el primer considerando, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, acogiendose a los alcances de la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, asi como la ampliacion del destino de los recursos sardina, jurel y caballa, hacia el consumo humano indirecto; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha podido determinar que los recurrentes no han cumplido con presentar los medios probatorios suficientes que acrediten fehacientemente y produzcan certeza a la administracion respecto a haber realizado esfuerzo pesquero significativo sobre el recurso anchoveta con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 750, a pesar de haber sido notificados para tal efecto mediante los Oficios Nºs. 2410, 2590 y 2663-98-PE/DNE de fechas 1 de octubre, 6 y 18 de noviem-

PRECIOS FOB DE REFERENCIA DE PRODUCTOS LACTEOS (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) (PROMEDIO QUINCENAL) US$ por T.M. Fecha Del 4/10 al 17/10 Leche Entera en Polvo 1_/ 1,650

1_/ Cotizacion superior obtenida del reporte 41 del Dairy Market News del 15-10-99. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 13783

INTERIOR
Conceden la nacionalidad peruana a ciudadano MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 0630-99-IN-1606 MORDAZA, 29 de octubre de 1999 Vistos, la solicitud y documentos presentados por don: Zhou MORDAZA MORDAZA XIAO, de nacionalidad China, sobre otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalizacion, que obran en el Expediente Nº 13783 del 11.MAY.98. CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por el Art. 52º de la Constitucion Politica del Peru, Ley de Nacionalidad Nº 26574 del 3.ENE.96 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 del 11.JUN.89 y Ley Organica del Ministerio del Interior, Decreto Legislativo Nº 370; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalizacion a don Zhou MORDAZA MORDAZA XIAO, y proceder a su inscripcion en el Registro respectivo. Articulo 2º.- Extender al interesado el Titulo de Nacionalidad correspondiente, previa MORDAZA de la Escritura Publica en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13716