Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 1999 (26/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de junio de 1999

Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aeropuertos y/o aerodromos privados, respecto de los cuales debe celebrar convenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismos, a fin de poder utilizar sus instalaciones; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion Administrativa, la Autoridad Aeronautica considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivas propietarios; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania PUBLICIDAD AEREA S.A., Permiso de Operacion para prestar el Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Publicidad Aerea, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Permiso de Operacion otorgado se sujetara a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Publicidad Aerea. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA PA-18. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS DEPARTAMENTO DE: LA MORDAZA - MORDAZA, Pacasmayo. DEPARTAMENTOS DE: MORDAZA, AMAZONAS Y MORDAZA - Chiclayo/ Cap. Fap. MORDAZA MORDAZA Quinones. DEPARTAMENTOS DE: TUMBES Y MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO DE: MORDAZA - Chimbote, Huarmey/Culebras (Privado) DEPARTAMENTO DE: MORDAZA - Camana, Chala, Mollendo. DEPARTAMENTOS DE: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - Nasca, Pisco. Articulo 3º.- La aeronave autorizada a la compania PUBLICIDAD AEREA S.A., debe estar provista del correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; del Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Transporte Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4º.- La compania PUBLICIDAD AEREA S.A. solo empleara en su servicio personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 5º.- La compania PUBLICIDAD AEREA S.A. presentara mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 6º.- La compania PUBLICIDAD AEREA S.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente Resolucion, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- La compania PUBLICIDAD AEREA S.A., debera cada ano presentar el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 8º.- La aeronave de la compania PUBLICIDAD AEREA S.A., podra operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el Fabricante y la Autoridad correspondiente.

Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 054-88-TC y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 10º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada a la obligacion de la compania PUBLICIDAD AEREA S.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la Ley MORDAZA citada; en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- El Permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley Nº 24882 y su Reglamento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, lo pertinente de la Ley Nº 26917, las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Transportes y Director General de Transporte Aereo (e) 8320

PODER JUDICIAL
Validan contenido de Acta que aprueba Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial de Juzgados en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 292-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 25 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias y ampliatorias, Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un periodo de excepcion, las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado; Que, de acuerdo al inciso 14) del Articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, modificado por Resolucion Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ, es funcion de la Secretaria Ejecutiva expedir las Resoluciones Administrativas necesarias para el optimo funcionamiento administrativo del Poder Judicial; Que, adjunto se remite el Acta que contiene la exposicion y Validacion del Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial de los Juzgados en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, recogiendo importantes pautas y propuestas para implementar un MORDAZA Sistema de Despacho Judicial, actualizando e innovando tecnicas, dando pase a la modernidad en la Administracion de Justicia; Que, constituyendo el Acta citada en el considerando que antecede, un importante documento de gestion, resulta procedente y necesario emitir el acto administrativo correspondiente, con el fin de viabilizar y brindar el respaldo e incentivo necesario en las acciones que tiendan a la Reestructuracion, Reforma y Modernizacion del Poder Judicial;