Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 9431

Inician procedimiento disciplinario a ex administrador y delegada administrativa de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 333-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 019-97-OIG/PJ, "Examen Especial a la Corte Superior de Justicia de Loreto", practicado por la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial; el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y demas documentos relacionados con la presunta falta administrativa de caracter disciplinario del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y la senora Luz MORDAZA MORDAZA, ex Delegada Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Loreto; CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial comprendio la revision selectiva de los documentos y registros que sustentan las operaciones realizadas en la Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en las Unidades de MORDAZA, Personal y Abastecimiento durante el periodo comprendido de 1996 a Junio de 1997; Que, de las observaciones establecidas en los numerales 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º y 12º de fojas 06 al 21, los Presidentes y los Delegados Administrativos de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Luz MORDAZA MORDAZA durante el periodo comprendido de 1996 a Junio de 1997, habrian presumiblemente incurrido en falta administrativa de caracter disciplinario de acuerdo con el Informe Nº 019-97-OIG/PJ, "Examen Especial a la Corte Superior de Justicia de Loreto", constituyendo dicho informe prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar, de acuerdo con lo establecido por el inciso f) del Articulo 16º de la Ley Nº 26162; Que, del analisis y evaluacion de los documentos que obran en autos se aprecia que el Administrador de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Delegada Administrativa de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se encontraban comprendidos en el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por lo que existiendo elementos de juicio que harian presumir la comision de faltas administrativas previstas en los incisos a), d) y l) del Articulo 28º concordado con el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; resulta procedente instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Administrador de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y la senora Luz MORDAZA MORDAZA, Delegada Administrativa de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para que, dentro de un debido MORDAZA y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su grado de responsabilidad administrativa; Contando con la visacion de los senores Miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 1º de la Ley Nº 26546, Articulo 5º - item 5.3 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 018-CME-PJ, ampliadas y modificadas por las Leyes Nºs. 26623, 26659 y 27009; con lo preceptuado en el Articulo 28º incisos a), d) y l) concordante con el Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 276; y, Articulos 126º, 150º, 166º, 169º, 172º y 174º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y con el informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y la senora Luz MORDAZA MORDAZA, ex Delegada Administrativa de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al haber cometido presuntas faltas administrativas contempladas en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Articulo Segundo.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion al Supervisor de Personal de la Gerencia General del Poder Judicial a fin que efectue la notificacion, a la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial y a los interesados, para que dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados desde el dia siguiente de su notificacion personal y/o a traves de

PODER JUDICIAL
Conforman comision consultiva del Gabinete Tecnico de la Secretaria Ejecutiva
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 332-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTA: La propuesta presentada por la Jefatura del Gabinete Tecnico de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 194/99-PJ-SE-GT, de fecha 13 de MORDAZA de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, el Gabinete Tecnico de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, es el organo consultivo encargado de asesorar y evaluar los aspectos relacionados con el MORDAZA de Reforma del Poder Judicial, teniendo dentro de sus funciones el emitir opinion sobre los Proyectos de Ley que remiten las diversas Comisiones del Congreso de la Republica a este Poder del Estado, asi como la expedicion de Informes Tecnicos vinculados al MORDAZA de Reforma y Modernizacion del Poder Judicial; Que, por el grado de especializacion que revisten las citadas propuestas legislativas, asi como por la complejidad de algunos estudios que se formulan, se hace necesario que los Informes que expida este Gabinete Tecnico, se encuentren debidamente sustentados y fundamentados con la opinion de profesionales de primer nivel, razon por la cual, es conveniente conformar una Comision Consultiva y que en forma ad - honorem, brinde su apoyo en el desarrollo de esta labor; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 27009 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CMEPJ, 032-CME-PJ y 467-CME-PJ, 029-99-SE-TP-CME-PJ y 13499-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conformar la Comision Consultiva del Gabinete Tecnico de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que se encontrara integrada por los siguientes senores abogados: 1) MORDAZA Halperin Grobman 2) MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3) MORDAZA Yamamoto Suda 4) MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5) MORDAZA Toyama Miyagusuku 6) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coria 7) MORDAZA MORDAZA Sinfon Phum Articulo Segundo.- Los integrantes del Equipo Consultivo, a traves de la Jefatura del Gabinete Tecnico, podran solicitar la informacion especializada que requieran para el mejor cumplimiento de sus funciones. Articulo Tercero.- Transcribir la presente a las partes interesadas y organos correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 9390