Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 1999 (02/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 1999

Actualizan y modifican el MORDAZA del Ministerio en lo relativo a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil
DECRETO SUPREMO Nº 005-99-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los Articulos 20º, 21º y 22º de la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, Decreto Legislativo Nº 757 del 8 de noviembre de 1991, establecen que las entidades publicas del Gobierno Central, Regional y local estan obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar drasticamente todos los procedimientos y tramites administrativos que se siguen ante ellas, para lo cual deberan aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-98-IN del 22 de MORDAZA de 1998 se actualizo y modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Gobierno Interior (Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil); Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 037-98-PCM del 27 de MORDAZA de 1998, el Ministerio del Interior en general y la Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil en particular procedieron a identificar y simplificar los procedimientos administrativos a su cargo, aprobando dichas modificaciones al MORDAZA con Resolucion Ministerial Nº 1105-98-IN/0104 del 11 de diciembre de 1998; Que, en el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en Materia Administrativa contenidas en la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM del 28 de diciembre de 1992, se han establecido las normas especificas para la actualizacion y modificacion anual obligatoria y modificacion de los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos;

Que, mediante Ley Nº 27095 del 27 de MORDAZA de 1999, se ha dispuesto que la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil dependera funcional y administrativamente de la Alta Direccion del Ministerio del Interior y tendra el nivel organico de Direccion General; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 del 8 de noviembre de 1991; y en los Articulos 3º y 37º de la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560 del 28 de marzo de 1990; DECRETA: Articulo 1º.- Actualizar y modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil. Articulo 2º.- Los procedimientos administrativos que se siguen ante los organos y dependencias de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil se rigen por lo prescrito en el Titulo IV de la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada promulgada mediante Decreto Legislativo Nº 757, su Reglamento, por el presente Decreto Supremo y, supletoriamente por el Texto Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Articulo 3º.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Deroguese, modifiquese o sustituyase toda MORDAZA legal o administrativa que se oponga a lo aprobado en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- -El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior

MINISTERIO DEL INTERIOR OFICINA SECTORIAL DE PLANIFICACION OFICINA DE RACIONALIZACION

MINISTERIO DEL INTERIOR DIGECSCAMEC UNIDAD ADMINISTRATIVA

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (T U P A) - 1999
UNIDAD ORGANICA : DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, CONTROL DE MORDAZA, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Nº DE ORDEN DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO DERECHO CALIFICACION DE EVALUACION PAGO AUTO- POSI- NEGANO (% UIT) MATICO TIVO TIVO REG. DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE APRUEBA RESUELVE EL EL TRAMITE RECURSO IMPUGNATIVO

BASE LEGAL

REQUISITOS

01

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA FABRICACION DE MORDAZA Y/O MUNICIONES (DOS ANOS)

Ley 25054 - 20 JUN 89 Art. 17 y Reglamento D.S. 007-98 - 05 OCT98 Art. 17

1. Solicitud simple. 2. Recibo de Pago del Banco de la Nacion o Papeleta de empoce a la Cta. Cte. Ministerio del Interior. 3. Proyecto de fabricacion. 4. MORDAZA literal de la ficha donde consta la inscripcion de la empresa en los Registros Publicos. 5. Declaracion jurada simple de los accionistas y directores de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales; indicando el numero de RUC de la empresa. 6. MORDAZA simple de las Libretas Electorales o DNI o Carne de Extranjeria de los accionistas y directores de la empresa. 1. Solicitud simple 2. Recibo de Pago del Banco de la Nacion o Papeleta de empoce a la Cta. Cte. Ministerio del Interior. 3. Declaracion jurada simple de los

76.93%

25 dias

Mesa de Partes de la DIGECSCAMEC

Director de la DIGECSCAMEC

Ministro del Interior

02

RENOVACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA FABRICACION DE MORDAZA Y/O

Ley 25054 - 20 JUN 89 y Reglamento D.S. 007-98 - 05 OCT98 Art. 22

76.93%

25 dias

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Director de la DIGECSCAMEC

Ministro del Interior