Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 1998 (22/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ANO XVI - Nº 6571 MORDAZA, lunes 22 de junio de 1998 Pag. 160981

INTERIOR
Modifican articulo del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada
DECRETO SUPREMO Nº 004-98-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-94-IN del 9 de MORDAZA de 1994 se aprobo el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, el mismo que posteriormente fue modificado en virtud del Decreto Supremo Nº 006-94-IN del 22 de MORDAZA de 1994; Que, el Decreto Supremo Nº 002-98-IN, del 22 de MORDAZA de 1998, actualiza y modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Gobierno Interior -DICSCAMEC, establece como importe de la Carta Fianza en los procedimientos para la prestacion de servicios de seguridad privada, seis (6) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y con vigencia de tres (3) anos; Que, el Articulo 110º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada establece que el Sector Interior autorizara al Procurador Publico para la inmediata ejecucion de la cobranza en la Fianza Bancaria o en los Bienes de la empresa responsable, en la via judicial correspondiente; Que, el procedimiento para la ejecucion de una Carta Fianza es administrativo, careciendo de objeto autorizar al Procurador Publico, salvo que dicha garantia se encuentre caducada, debiendo accionarse contra los bienes de la empresa infractora, mas aun, si de acuerdo a las facultades conferidas por ley, la Procuraduria Publica representa y defiende al Estado en juicio; Que, en consecuencia, es necesario modificar el Articulo 110º del aludido Reglamento, a fin de garantizar el normal y adecuado funcionamiento de las empresas de vigilancia privada, asi como el cumplimiento de sus obligaciones, contribuyendose de esta manera a la seguridad ciudadana y al bienestar del pais; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2) del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Articulo 110º del "Reglamento de Servicios de Seguridad Privada" aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-IN, de 9.MAY.94, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-94-IN, de 22.JUL.94, y por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior (DGGI-DICSCAMEC), aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-98-IN de 22.ABR.98, en los terminos siguientes: "Articulo 110º Independientemente de la elevacion de la sancion, conforme al Art. 93º de este Reglamento, ante el reiterado incumplimiento o negativa al pago de las multas impuestas, la DGGI-DICSCAMEC podra solicitar administrati-

vamente la inmediata ejecucion de la cobranza en la Fianza Bancaria. De encontrarse caducada la Carta Fianza, el Sector Interior autorizara al Sr. Procurador Publico del Ministerio del Interior para la ejecucion de la cobranza sobre los bienes de la empresa responsable, en la via judicial correspondiente." Articulo 2º.- Derogase todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de junio de mil novecientos noventiocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6859

Conceden nacionalidad peruana a ciudadano MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 0291-98-IN/1601 MORDAZA, 19 de junio de 1998 Visto; la solicitud y documentos presentados por don Ko Wei MORDAZA, de nacionalidad china, sobre otorgamiento de la nacionalidad peruana por Naturalizacion que obran en el Expediente Nº 25145 del 27.AGO.97. CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por la Constitucion Politica del Peru, Art. 52º, Ley de Nacionalidad Nº 26574 del 3.enero.96 y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 del 11.JUN.89, Ley Organica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder la nacionalidad peruana a don Ko Wei MORDAZA, e inscribirlo en el Registro respectivo. Articulo 2º.- Extender al interesado el Titulo de Nacionalidad correspondiente, previa MORDAZA de la Escritura Publica en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Registrese, comuniquese y archivese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6862