Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 1998 (17/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 199X

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como en Gastos. Dichas modificaciones se aprueban mediante Resolucion de Alcaldia, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal. Los Creditos Suplementarios son propuestos por las Oficinas de Planificacion y Presupuesto y se aprueban a nivel de Pliego, Fuente de Financiamiento, Grupo Generico del Gasto y Especifica del Gasto, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto. MORDAZA de las Resoluciones de Alcaldia que aprueben Creditos Suplementarios se remiten, obligatoriamente, a la Oficina de Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Provincial, a fin de mantener actualizada la informacion del MORDAZA presupuestal, a nivel provincial. Las modificaciones presupuestarias por Habilitaciones y Transferencias de Partidas, son traslados de recursos entre Pliegos Presupuestarios, debiendo ser aprobadas mediante Acuerdos de los Concejos de las Municipalidades intervinientes en la modificacion.
matico : b) Habilitaciones y Transferencias de Partidas:

nes Trimestrales se efectuan MORDAZA del inicio de los respectivos trimestres con excepcion de la correspondiente al Primer Trimestre, la cual se efectua dentro de los primeros quince (15) dias del mes de enero. Para efectos de facilitar las labores de Programacion de Ingresos, la presente Directiva sugiere la utilizacion de papeles de trabajo, de uso estrictamente interno, los mismos que deben ser elaborados de acuerdo a las caracteristicas propias de cada Municipalidad. Dichas proyecciones deben hacerse de conocimiento del Titular del Pliego, la Direccion Municipal y la Oficina de Administracion. Responsabilidades en la Programacion de los Gastos Articulo X2".- La Programacion de Gastos es responsabilidad solidaria de las Oficinas de Administracion y de Planificacion y Presupuesto. Dicha programacion se efectua dentro del MORDAZA de la Proyeccion Anual y Trimestral de ingresos a que se refiere el Articulo 11" de la presente Directiva. En caso que la Programacion de Ingresos proyectada trimestralmente sea menor a la contemplada en la proyeccion anual para el citado periodo, la Oficina de Administracion debe adoptar, bajo responsabilidad de su Jefatura, las acciones pertinentes a fin de priorizar los gastos en funcion a laEscala de Prioridades definida por el Titular del Pliego. Asimismo, las Oficinas de Planificacion y Presupuesto deben emitir los informes y propuestas de modificaciones presupuestarias que fueran necesarias para garantizare1 cumplimiento de las Metas Presupuestarias establecidas para el Ano Fiscal, teniendo en cuenta la Escala de Prioridades definida por el Titular del Pliego. Normas de Austeridad Articulo 13".- Las Municipalidades sujetan su ejecucion de gastos a lasNormas deAusteridad establecidas por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico para 1999. Corresponde a cada MORDAZA, en su calidad de Titular de Pliego, determinar las Normas de Austeridad adicionales que MORDAZA necesarias para el ejercicio, en el ambito de su circunscripcion territorial, a fin de asegurar el cumplimiento de lasMetas Presupuestarias establecidas para el MORDAZA Fiscal y la atencion de los gastos considerados prioritarios de acuerdo a la Escala de Prioridades. Cualquier accion presupuestaria que implique una excepcionoexoneracionnocontempladaporlaLeyAnua1, debera ser autorizada por una Ley o MORDAZA de rango equivalente. Financiamiento de incrementos de remuneraciones y cargas sociales Articulo 14".- En ningun caso sera asumido con recursos de la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", los gastos de reajustes de remuneraciones, aguinaldos, bonificaciones, asignaciones, compensaciones por tiempo de servicios, cuotas sociales y afiliaciones al Sistema Privado de Pensiones. SECCION II: MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Lineamientos para las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y Funcional Programatico Articulo 15".- Dentro del MORDAZA de lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N" 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, las modificaciones presupuestarias que efectuen, tanto el Nivel Znstitucional (Creditos Suplementarios, Transferencias y Habilitacion.es de Partidas) como en el Nivel Funcional Programatico(CreditosyAnulacioncs Presupuestarias), se sujetan a lo siguiente: 1. Modificaciones en el Nivel Institucional : nes presupuestarias en el Nivel Institucional que incrementa el Presupuesto Institucional, tanto en Ingresos
a) Creditos Suplementarios : Son las moclifkacio-

II. Modificaciones en el Nivel Funcional Progra-

Los Creditos y Anulaciones Presupuestarias son transferencias de recursos dentro de un Pliego, debiendo aprobarse, obligatoriamente, por Resolucion de Alcaldia. Los Creditos y Anulaciones Presupuestarias se autorizan a nivel de'pliego, Fuente de Financiamiento, Grupo Generico del Gasto y Especifica del Gasto, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto. Asimismo, debe tenerse en cuenta lo siguiente :
l Credito Presupuestario : Es el incremento de las asignaciones presupuestarias de una Actividad o Proyecto, con cargo a anulaciones de la misma Actividad o Proyecto y/o de otras Actividades y Proyectos. l Anulaciones Presupuestarias : Es la supresion total o parcial de las asignaciones presupuestarias de Actiuidades y Proyectos. Es nula toda modificacion del Presupuesto Institucional, distinta a las prescritas en los incisos precedentes.

Restriccion para Transferir recursos de Gasto de Capital a Gasto Corriente Articulo 16".- Los recursos destinados ala categoria de gasto de capital, bajo responsabilidad, no pueden transferirse a la categoria gasto corriente, salvo disposicion legal en contrario. Lineamientos especificos para la aprobacion de Creditos Suplementarios Articulo 17".- Solo es procedente la aprobacion de un Credito Suplementario, cuando la ejecucion de gastos exija -de manera previa- la ampliacion del MORDAZA presupuesta1 aprobado, de acuerdo a lo siguiente: a) Cuando la ejecucion de ingresos supere el MORDAZA aprobado, a nivel de MORDAZA de Financiamiento, del Presupuesto Institucional. b) Cuando las proyecciones financieras de los ingresos oue efectue el Pliego, a nivel de Fuente de Financiamiento, muestren un incremento que supere el MORDAZA aprobado en el Presupuesto Institucional. Los recursos provenientes de Saldos de Balance, Donaciones y Desembolsos provenientes de nuevas operaciones de Endeudamiento, se incorporan, necesariamente, mediante la aprobacion de Creditos Suplementarios. Dado el caracter financiero del Presupuesto del Sector Publico, en ningun caso procede la incorporacion de recursos no monetarios. Nulidad de la Reestructuracion, Reprogramacion o Reformulacion del Presupuesto Municipal Articulo 18".- Es nula la reestructuracion, reprogramacion o reformulacion del Presupuesto Municipal, bajo responsabilidad del Concejo y del MORDAZA de cada Municipalidad.