Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2014 (01/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 1 de enero de 2014

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edificaciones nuevas o existentes. Asimismo se adjuntara el certificado de inscripcion y habilidad vigente, del ingeniero responsable de la ejecucion de obra, expedido por el Colegio de Ingenieros del Peru. E) Carta de Compromiso, por la cual se compromete a tomar medidas necesarias para la prevencion del ruido, vibraciones u otro impacto ambiental comprobada que pudiera causar incomodidad a los vecinos por la instalacion o funcionamiento de la Estacion Radioelectrica, asi como adoptar todas las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones que emita la Estacion Radioelectrica durante su operacion no excedera a los valores establecidos como limites maximos permisibles de radiaciones no ionizantes, segun lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 068-2013-MTC, que aprueba los limites maximos permisibles de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones. F) Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, aprobado por la entidad gubernamental correspondiente o el Colegio de Ingenieros del Peru. MORDAZA del estudio aprobado de radiaciones no ionizantes presentado ante el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. G) MORDAZA de los recibos de pago de los derechos administrativos por el tramite de la respectiva autorizacion, de conformidad a lo establecido en el Articulo 17º y 18º del Reglamento y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). De efectuar trabajos en la via publica debera de pagar los derechos correspondientes. H) Licencia de Edificacion en la modalidad C, o la que corresponda. I) MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No ionizantes presentado ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el que se demuestre que la estacion radioelectrica, incluyendo las antenas, cumplen con los limites maximos permisibles de radiaciones no-ionizantes establecidos en el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado por D.S. 068-2013-MTC, y MORDAZA certificada del cargo de MORDAZA del referido Estudio ante el citado Ministerio. J) Presentar material fotografico (fotomontajes) que permita visualizar la ubicacion de las instalaciones en relacion con el entorno en el que se instalara, sus dimensiones, materiales y otras caracteristicas. K) Requisitos adicionales, establecidos en la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento: - MORDAZA legalizada notarialmente del contrato entre el operador y el propietario del inmueble. - Si se tratara de un predio comprendido en el Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun, los operadores deberan presentar MORDAZA legalizada del acta de la junta de propietarios autorizando la ejecucion de la obra, de conformidad con lo previsto en la ley Nº 27157, su Reglamento y Modificatorias. - Si el operador es el propietario del inmueble, se presentara MORDAZA de la Partida Registral respectiva, con una antiguedad no mayor de dos meses. Articulo 6º.- Tramite Para el otorgamiento de la Autorizacion: A) El tramite se inicia con la MORDAZA de la solicitud y de los requisitos establecidos en el ARTICULO MORDAZA de la presente Ordenanza. B) La autorizacion municipal tendra una vigencia MORDAZA de 120 dias calendarios. C) De haber obtenido la autorizacion correspondiente, previa a la instalacion de la infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, el operador debera comunicar a la Municipalidad el cronograma de ejecucion de sus instalaciones, indicando expresamente las areas que seran comprendidas y la naturaleza de los trabajos que se realizaran, con una anticipacion no menor a 10 dias habiles de la fecha prevista por el inicio de los trabajos. D) MORDAZA del vencimiento del plazo de vigencia de la autorizacion de ser necesario, podra solicitar su prorroga de vigencia por un plazo MORDAZA de 60 dias calendarios. Vencido el plazo previsto en la prorroga, debera iniciar MORDAZA tramite de autorizacion. E) Si MORDAZA de obtener la autorizacion, el operador iniciara obras para la instalacion de su infraestructura, la Municipalidad podra disponer la paralizacion inmediata de los trabajos y el desmontaje y/o retiro de lo instalado y de los materiales, sin perjuicio de la aplicacion de las sanciones

G) Cable Aereo: Cable instalado utilizando como soporte postes y torres. Algunas veces se encuentran instalados en las fachadas de las viviendas. H) Cable Subterraneo: Cable instalado bajo tierra pudiendo estar directamente enterrado o estar instalado a traves de ductos y camaras subterraneas. I) Camaras: Estructura subterranea, donde se realizan empalmes y la distribucion de cables de la red de telecomunicaciones. J) MORDAZA Terminales: Elementos finales de la red instalados en postes o fachada, entre otros desde donde se conecta el cable de acometida para el abonado. K) Ductos para el tendido de cable subterraneo de la red de telecomunicaciones: Conductos o similares instalados en forma subterranea para el tendido de la red de telecomunicaciones. L) Estacion Radioelectrica: Consiste en uno o mas transmisores o receptores o una combinacion de estos, asociados a su antena o sistema de antenas, que hacen uso del espectro radioelectrico. Esta incluye las instalaciones accesorias para asegurar la operatividad del sistema. M) Infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones: Aquello prevista en el inciso c) del articulo 2 de la Ley, y las antenas, armarios de distribucion, cabinas publicas, cables aereos y subterraneos, paneles solares, anclas y todo aquello que en futuro se incorpore al Reglamento. N) Operador: Titular de la concesion de un servicio publico de telecomunicaciones o la empresa prestadora de servicios publicos de valor anadido que cuente con la autorizacion a que se refiere el articulo 33 de la Ley de telecomunicaciones. O) Postes para el tendido de cable aereo de la red de telecomunicaciones: Elementos de concreto armado, MORDAZA u otro material que sirve para soportar la red de telecomunicaciones. P) Red de Telecomunicaciones: la infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones o instalacion que establece una red de MORDAZA o circuitos para conducir senales de voz, audio, datos, texto, imagenes u otras senales de cualquier naturaleza, entre dos o mas puntos definidos por medio de un conjunto de lineas fisicas, enlaces radioelectricos, opticos o de cualquier otro MORDAZA, asi como por los dispositivos o equipos de conmutacion asociados para tal efecto. Q) Riostra: Tambien conocido como viento, tensor que asegura postes, MORDAZA u otras estructuras de soporte. R) Telecomunicaciones: Toda transmision, emision o recepcion de signos, senales, escritos. Imagenes, voz, sonidos, datos o informacion de cualquier naturaleza por medio fisico, medio radioelectrico y medios opticos. Articulo 4º.- Organos Competentes Son organos competentes para conocer el tramite y evaluar el procedimiento establecido en la presente ordenanza, la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y otros que por MORDAZA tengan que ver en el tramite. Articulo 5º.- Requisitos para la obtencion de la autorizacion A) Carta simple del Operador dirigida al MORDAZA solicitando la autorizacion, con caracter de declaracion jurada. B) MORDAZA de la Resolucion emitida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante el cual se otorga la concesion al operador para prestar el servicio publico de telecomunicaciones. C) De ser el caso, Memoria Descriptiva y Planos de ubicacion detallando las caracteristicas fisicas y tecnicas de las instalaciones materia de tramite, suscrito por Ingeniero Civil y/o Electronico o de Telecomunicaciones, segun corresponda, adjuntando Declaracion Jurada de estar debidamente habilitados por el Colegio de Ingenieros del Peru. D) Una Declaracion Jurada del Ingeniero Civil Colegiado responsable de la Ejecucion de Obra que indique expresamente que las estructuras, esto es la edificacion existente y MORDAZA sobre la cual se instalara la antena o antenas, reunen las condiciones que aseguren, su adecuado comportamiento en condiciones extremas de riesgo como sismos, vientos, entre otros, teniendo en cuenta el sobrepeso de las instalaciones de la Estacion Radioelectrica sobre las edificaciones existentes, para tal fin debera anexar los planos y calculos de las instalaciones desde el punto de vista estructural y de anclaje a las