Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2020 (04/09/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de setiembre de 2020 /

El Peruano

de vacancia, conforme a lo prescrito en la norma antes citada, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y las garantías inherentes a este. 3. Asimismo, el referido dispositivo legal precisa que la decisión de declarar o rechazar la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, ante el respectivo concejo municipal, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de notificada. Al respecto, cabe señalar que este recurso es opcional, en cuanto a que su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación, de conformidad con el artículo 219 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Por ello, el acuerdo que resuelve el pedido de vacancia o el recurso de reconsideración es susceptible de apelación, el cual es presentado ante el concejo municipal dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificado. 4. Ahora bien, en caso de que no se interponga medio de impugnación alguno dentro del plazo descrito, el alcalde de la comuna respectiva debe solicitar, ante el Jurado Nacional de Elecciones, la convocatoria de candidato no proclamado, a fin de que este órgano colegiado, previa verificación de la observancia del derecho al debido procedimiento de los administrados, convoque y expida la credencial correspondiente a la nueva autoridad. 5. En este caso, conforme se verifica de los actuados que obran en el presente expediente, el Concejo Distrital de Marcabamba, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 0182019, del 27 de diciembre de 2019, declaró la vacancia del cargo de regidor de Efraín Mamerto Huamani Cárdenas, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. 6. Por otro lado, se advierte que el regidor Efraín Mamerto Huamani Cárdenas, recepcionó, personalmente, la notificación donde le anexan el citado acuerdo de concejo que declaró su vacancia, el 31 de diciembre de 2019, no habiendo interpuesto recurso de apelación, tal como se indica en la Resolución de Alcaldía Nº 077-2020MDM/ALC, de fecha 7 de agosto de 2020. Así, se verifica que ha quedado consentida la decisión municipal que declaró la vacancia del mencionado regidor. 7. En virtud de la citada vacancia, corresponde a este órgano colegiado convocar al candidato no proclamado respectivo a efectos de completar el número de los miembros del concejo municipal distrital. Al respecto, el artículo 24 de la LOM señala que, en el caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; y, en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 8. Por consiguiente, para completar el número de regidores, corresponde convocar a Ruth Evelin Moscoso Rojas, identificada con DNI Nº 42388302, candidata no proclamada de la organización política Musuq Ñan, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Marcabamba. 9. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 22 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Parinacochas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 10. La notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 01652020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Efraín Mamerto Huamani Cárdenas como

regidor del Concejo Distrital de Marcabamba, provincia de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Ruth Evelin Moscoso Rojas, identificada con DNI Nº 42388302, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Marcabamba, provincia de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Tercero.PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones . Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1881966-1

Declaran la nulidad del acto de notificación del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N.° 001-2020-MDT, que rechazó pedido de vacancia contra el alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0252-2020-JNE Expediente Nº JNE.2019013230 TABALOSOS - LAMAS - SAN MARTÍN TRASLADO Lima, diecinueve de agosto de dos mil veinte VISTO el procedimiento de vacancia seguido por Telma Vela del Águila en contra de Hamilton Jhonny Chávez Santillán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de la contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES El 30 de diciembre de 2019, Telma Vela del Águila solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Hamilton Jhonny Chávez Santillán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de la contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). En vista de ello, a través del Auto Nº 1, del 6 de enero de 2020, se trasladó dicho pedido de vacancia al Concejo Distrital de Tabalosos, a fin de que se pronuncie en primera instancia administrativa.