Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2020 (04/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Viernes 4 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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actuados realizados en sede municipal, correspondientes a la declaración de vacancia del regidor Efraín Mamerto Huamani Cárdenas, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). A través de la Resolución Nº 0159-2019-JNE, de fecha 14 de octubre de 2019, se declaró nulo el procedimiento de vacancia seguido contra el citado regidor, por tal motivo se retrotrajo dicho procedimiento hasta la convocatoria a sesión extraordinaria de concejo. Con el Oficio Nº 00724-2020-SG/JNE, del 18 de febrero de 2020, se requirió al alcalde que cumpla con presentar diversos documentos a efectos de continuar con la tramitación del pedido de convocatoria de candidato no proclamado. Dicho oficio fue recepcionado por la entidad edil el 5 de marzo de 2020. A efectos de subsanar las omisiones observadas, mediante los Oficios Nº 016-2020-MDM/ALC, Nº 0362020-MDM/ALC y Nº 131-2020-MDC/ALC, con fechas de recepción 7 de febrero, 6 y 13 de agosto del presente año, el alcalde de la citada comuna, entre otros, remitió los siguientes documentos: i) Notificación Nº 020-2019/ MDM, donde se le notifica al regidor cuestionado para

que realice sus descargos correspondientes, así como de la sesión extraordinaria que se llevó a cabo el 27 de diciembre de 2019, ii) Carta Nº 01-2020-MDM/ALC, del 10 de enero de 2020, por la que el mencionado regidor realiza sus descargos, iii) Notificación Nº 021-2019/MDM del Acuerdo de Concejo Nº 18-2019, del 27 de diciembre de 2020, dirigido a la autoridad cuestionada, iv) Acta Nº 028-2019 de la Sesión Extraordinaria del Concejo Distrital de Marcabamba junto con el Acuerdo de Concejo Nº 0182019, ambos del 27 de diciembre de 2020, v) Resolución de Alcaldía Nº 077-2020-MDM-ALC, donde se declara la vacancia de la autoridad cuestionada (y consentida el Acta de Sesión de Concejo Nº 028-2019-MDM) al no haber presentado recurso impugnatorio el citado regidor. CONSIDERANDOS 1. El artículo 23 de la LOM señala que la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento

COMUNICADO
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con firma registrada ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe. 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Oficio firmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El oficio y dispositivo legal podrán ser firmados digitalmente. Si no se cuenta con firma digital, debe consignarse sello y firma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya gráficos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA.

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