Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2020 (06/10/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 2
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NORMAS LEGALES
Martes 6 de octubre de 2020 /
El Peruano
de Crédito; los cuales se utilizan para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, y de los gastos para el funcionamiento de dicha Unidad Ejecutora; disponiendo que la transferencia de dichos recursos se realiza conforme a lo establecido en el segundo párrafo del numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019; Que, el segundo párrafo del numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, señala que los recursos se transfieren a través de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC); Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios Nºs 00702, 00704, 00752, 00753, 00761, 00763, 00767 y 00770-2020-ARCC-DE, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 56 624 562,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de treinta y seis (36) Gobiernos Locales, para financiar sesenta y dos (62) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, de las cuales corresponden a sesenta y un (61) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) y a una (01) actividad del componente de fortalecimiento de capacidades institucionales; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nºs 350, 369, 378, 380, 384, 388, 389, 391, 398, 401, 406, 413, 414, 424, 426, 428, 431, 432, 435, 436, 438, 439, 440, 441, 443, 449, 453, 454, 456, 457, 464, 467, 468, 469, 479, 483, 486, 487, 490, 491, 495, 501, 503, 504, 506, 509, 511, 516, 529, 534 y 580-2020-ARCC/GG/OPP y los Oficios Nºs 174, 175 y 179-2020-ARCC/GG/OPP, de su Oficina de Planificación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; Que, el numeral 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley Nº 30556, señala que las Intervenciones de Reconstrucción que se implementan a través de la ejecución de inversiones que se denominan "Intervención de Reconstrucción mediante Inversiones" IRI, no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones; Que, el numeral 8-A.5 del artículo antes citado, dispone, en relación a los requerimientos de financiamiento de las IRI, que la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica únicamente respecto al monto actualizado de la inversión y el estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; aspecto que se ha verificado para las sesenta y un (61) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) consignadas en los Oficios Nºs 00702, 00704, 00752, 00753, 00761, 00763, 00767 y 00770-2020-ARCC/DE, conforme a la opinión emitida por la referida Dirección mediante los Informes Nºs 0243, 0254, 0257, 0264, 0265 y 0268-2020-EF/63.04, adjuntos a los Memorandos Nºs 0251, 0263, 0268, 0270, 0271 y 0274-2020-EF/63.04, respectivamente; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 56 624 562,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC, a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de treinta y seis (36) Gobiernos Locales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; el literal c) del numeral 49.1 y el numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el numeral 16.1 del artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la Micro y Pequeña Empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 56 624 562,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de treinta y seis (36) Gobiernos Locales, para financiar sesenta y dos (62) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles
: Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS
405 000,00
56 219 562,00 --------------------56 624 562,00 ============ En Soles
A LA: SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Nacional : Gobierno Central : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios
405 000,00
5 075 489,00 --------------------5 480 489,00 ---------------------
SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO
: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobiernos Locales TOTAL EGRESOS
51 144 073,00 --------------------51 144 073,00 --------------------56 624 562,00 ============