Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2020 (25/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 25 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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DICE: Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución Jefatural a conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIDIS, Banco de la Nación, Superintendencia de Banca y Seguros ­ SBS y Asociación de Bancos del Perú ­ ASBANC, para los fines pertinentes. DEBE DECIR: Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución Jefatural a conocimiento del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, Banco de la Nación, Superintendencia de Banca y Seguros ­ SBS y Asociación de Bancos del Perú ­ ASBANC, para los fines pertinentes. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1865140-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Prorrogan fecha del primer vencimiento del Impuesto Predial y fechas del calendario de pagos de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2020
DECRETO DE ALCALDÍA N° 04-2020-MDL Lince, 23 de marzo de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El informe Nº 145-2020-MDL-GAT-SGRROC de fecha 16 de marzo de 2020, elaborado por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, el Memorándum Nº 121-2020-MDLGAT de fecha 16 de marzo de 2020, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 139 -2020-MDL-GAJ de fecha 16 de marzo de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­Ley 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal. Que, el artículo 64º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado con Ordenanza Nº 429-2019-MDL, establece como una de las funciones de la Gerencia de Administración Tributaria la de formular y proponer políticas, normas,

planes y programas que permitan generar rentas para la Municipalidad; y, en esa línea el artículo 67 del mismo cuerpo de Ley establece que la Sub Gerencia de Registro Recaudación y Orientación al Contribuyente tiene entre de sus funciones la de diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias; Que, mediante Ordenanza Nº 435-2020-MDL, se fija el calendario de pago de tributos e incentivos por pronto pago correspondiente al ejercicio 2020, la misma que dispone en su artículo segundo las fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales (Impuesto Predial y arbitrios Municipales). Que, mediante los documentos del visto; la Gerencia de Administración Tributaria, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía, alcanzado por la Sub Gerencia de Registro Recaudación y Orientación al Contribuyente, que propone la prórroga del plazo de vencimiento del primer trimestre para el pago del Impuesto Predial y el calendario de los arbitrios municipales, hasta el 30 de abril de 2020 a fin de brindar facilidades a los vecinos linceños en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM publicado en el Diario Oficial el Peruano el 15 de marzo de 2020 que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, y lo regulado en el artículo Nº 1 que establece el plazo de 15 días calendarios de aislamiento social obligatorio (cuarentena); Que, mediante Informe N° 139 -2019-MDL-GAJ de fecha 16 de marzo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo del primer vencimiento del impuesto Predial y fechas del calendario de los Arbitrios Municipales del 2020 de la Ordenanza Nº 435-2020-MDL, hasta el 30 de abril del 2020. Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha del primer vencimiento del impuesto predial y fechas del calendario de pagos de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2020, según el siguiente detalle: IMPUESTO PREDIAL Pago al Contado : Jueves 30 de abril de 2020 Pago Fraccionado Primera Cuota : Jueves 30 de abril de 2020 ARBITRIOS MUNICIPALES Enero Febrero Marzo : Jueves 30 de abril de 2020 : Jueves 30 de abril de 2020 : Jueves 30 de abril de 2020

Artículo Segundo.- Los beneficios establecidos en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 435-2020-MDL, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración Tributaria a través de sus subgerencias, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión, a Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 1865116-1