Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2020 (28/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 28 de julio de 2020 /

El Peruano

pacientes confirmados con el COVID-19 y sospechosos sintomáticos, asegurados y no asegurados en el marco de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 030-2020; Que, la Titular del Seguro Social de Salud (EsSalud) es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos que se transfieran a EsSalud en virtud de la transferencia financiera expuesta en el considerando precedente; asimismo, dichos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 7.2 y 7.3 del artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 031-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria para la atención de la emergencia producida por el COVID-19, respectivamente; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 030-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias temporales para la autorización de EsSalud para el uso de inmuebles para la prevención y atención de la emergencia producida por el COVID-19; el Decreto de Urgencia Nº 031-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria para la atención de la emergencia producida por el COVID-19; Decreto Supremo Nº 202-2020-EF, Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 012:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina General de Administración, por la suma S/ 28 441 703,00 (VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, con la finalidad de financiar la continuidad de la implementación y operación de novecientas doce (912) camas de la Villa Panamericana que realice el Seguro Social de Salud (EsSalud), para el tratamiento de pacientes confirmados con el COVID-19 y sospechosos sintomáticos, asegurados y no asegurados en el marco de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 030-2020, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- El Seguro Social de Salud - EsSalud, debe remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, un informe cada seis (6) meses respecto de la ejecución del gasto realizado, en el marco de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- La titular del Seguro Social de Salud EsSalud es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la transferencia financiera efectuada en el artículo 1 de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 031-2020. Artículo 4.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 031-2020. Artículo 5.- Disponer que la presente resolución ministerial y su anexo, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la

presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ADOLFO RUGGIERO GARZÓN Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ANEXO TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 012: MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO "UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE TRABAJO-OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN", FUENTE FINANCIAMIENTO 1. RECURSOS ORDINARIOS, A FAVOR DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD
Nº ENTIDAD CONCEPTO Financiar la continuidad de la implementación y operación de novecientas doce (912) camas de la Villa Panamericana que realice el Seguro Social de Salud (EsSalud), para el tratamiento de pacientes confirmados con el COVID-19 y sospechosos sintomáticos, asegurados y no asegurados en el marco de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 030-2020. TRANSFERENCIA FINANCIERA

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Seguro Social de Salud EsSalud

S/ 28 441 703,00

1873875-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Asesora Ministerial II del Despacho

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0424-2020 MTC/01 Lima, 27 de julio de 2020 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Rossmary Malpartida Ostos, en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones 1873870-1