Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2019 (25/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Lunes 25 de noviembre de 2019 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres ­ CENEPRED. Articulo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ Presidente Ejecutivo 1830138-1

Que, con Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, concordada con la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014PCM, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 137-2015-SERVIR/PE, establece que la Presidencia Ejecutiva de SERVIR emitirá una Resolución de "Inicio del Proceso de Implementación" cuando se cumplan dos condiciones: que la entidad interesada haya planteado su respectiva solicitud; y que la entidad solicitante demuestre un nivel de avance significativo en el cumplimiento de las fases previstas en los Lineamientos para el Tránsito de una entidad pública al Régimen del Servicio Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, establece que para determinar el inicio de la implementación del proceso de tránsito al Régimen del Servicio Civil, se requerirá un informe favorable de SERVIR, recomendando las entidades que iniciarán la implementación; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/GPGSC, Directiva de "Inicio del Proceso de Implementación del Nuevo Régimen de Servicio Civil", se entiende que una entidad ha alcanzado un avance significativo cuando ha realizado; el mapeo de puestos, el mapeo de procesos y ha elaborado un informe que contenga el listado de las mejoras identificadas, el listado de las mejoras priorizadas y otras mejoras según los lineamientos generales que disponga SERVIR; documentos que deben ser remitidos a SERVIR para su revisión y no objeción, previa aprobación de la Comisión de Tránsito de la Entidad y contar con el aval del Titular de la Entidad; Que, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres, entidad en proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil, ha presentado a SERVIR el informe de mapeo de puestos, el informe de mapeo de procesos y el informe que contiene el listado de las mejoras identificadas y el listado de las mejoras priorizadas, con la finalidad de obtener la Resolución de "Inicio de Proceso de Implementación"; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, informa que el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres ha cumplido con lo establecido en los artículos 2, 3 y 4 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/GPGSC, por lo que procede emitir la correspondiente Resolución de "Inicio de Proceso de Implementación"; Con el visto de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle a favor del SENAMHI, en el marco de convenio de cooperación interinstitucional
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN Nº 3538-2019-R-UNE Chosica, 11 de noviembre del 2019 VISTO el Oficio Nº 0430-2019-OPEyP-UNE, presentado por el Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, y el Informe Nº 315-2019UP de la Unidad de Presupuesto, en acatamiento a las normas legales vigentes. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 30879 se aprueba la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Que los artículos 1º y 2º de la citada normas aprueban el Presupuesto de Gastos del Sector Público y los recursos que lo financian, cuyo detalle se específica en los Anexos a que se refiere el numeral 1.2 del artículo 1º de la misma, asignándole al Pliego 528 U. N. DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE, la suma ascendente de CIENTO DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 118'844,043.00) por toda Fuente de Financiamiento para el Año Fiscal 2019, aprobado mediante Resolución Nº 3443-2018-R-UNE, del 31 de diciembre del 2018. Que, el numeral 45.1 del artículo 45º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autorizó durante el Año Fiscal 2019 a los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas, realizar transferencias financieras a favor del Instituto Geofísico del Perú (IGP), del Servicio Nacional Meteorología e Hidrología (Senamhi) y del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Determinados en el rubro Canon y sobrecanon, regalías, rentas de aduanas y participaciones, y Recursos Directamente Recaudados, para financiar la elaboración de estudios y proyectos de investigación en campos relacionados a peligros naturales, investigación en campos relacionados al comportamiento de los glaciares y ecosistemas de montaña, así como para la implementación de sistemas