Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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SICCHEZ - AYABACA - PIURA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de marzo de 2019 /

El Peruano

Lima, trece de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 137-2018-MDS-A, de fecha 3 de septiembre de 2018, presentado por Porfirio Machacuay Yamo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sicchez, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, concedida a la regidora Fany Rivera Lloclla. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 7 de junio de 2018 (fojas 9 y 10), Fany Rivera Lloclla, regidora de la Municipalidad Distrital de Sicchez, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 053-2018-MDS-A, de fecha 26 de junio de 2018 (fojas 3 a 8), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que la regidora presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Segunda Sofía Herrera Criollo, identificada con DNI Nº 03122160, candidata no proclamada del partido político Movimiento Independiente Fuerza Regional, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Sullana, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fany Rivera Lloclla, regidora de la Municipalidad Distrital de Sicchez, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Segunda Sofía Herrera Criollo, identificada con DNI Nº 03122160, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sicchez, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745566-3 RESOLUCIÓN Nº 2956-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00787 SICCHEZ - AYABACA - PIURA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, trece de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 138-2018-MDS-A, de fecha 30 de agosto de 2018, presentado por Porfirio Machacuay Yamo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sicchez, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida al regidor Wilmer Granadino Cunya. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 29 de mayo de 2018 (fojas 9), Wilmer Granadino Cunya, regidor de la Municipalidad Distrital de Sicchez, con motivo de su participación en las Elecciones