Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2019 (10/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 10 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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criterios de costo beneficio y ponderando los costos y riesgos de no adoptar un acuerdo conciliatorio; y de ser el caso, suscribir el acta correspondiente que determinen derechos y las obligaciones exigibles a las partes. Dicha evaluación debe estar contenido en un informe técnico legal elaborado por la Procuraduría Pública, previa opinión técnica legal de Plan COPESCO Nacional. 2. Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje las controversias surgidas, considerando los criterios de costo beneficio y ponderando los costos y riesgos de no adoptar un arbitraje; dicha evaluación debe estar contenido en un informe técnico legal elaborado por la Procuraduría Pública, previa opinión técnica legal de Plan COPESCO Nacional. Artículo 4.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, su Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 294-2018-EF, y el Texto Único Ordenado de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 295-2018-EF. Artículo 5.- Los funcionarios señalados en los artículos precedentes deberán informar trimestralmente al Despacho Ministerial sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente Resolución, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre. Artículo 6.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo resuelto en la presente Resolución. Artículo 7.- La presente Resolución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 8.- Remitir copia de la presente Resolución a los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades antes mencionadas y al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1776634-1

de viaje y operadores turísticos y de las líneas aéreas, presentan al MINCETUR las ternas correspondientes; Que, por Resolución Ministerial Nº 138-2008-MINCETUR/DM modificada mediante Resoluciones Ministeriales Nos. 092-2010-MINCETUR/ DM, 363-2011-MINCETUR/DM, 335-2013-MINCETUR, 193-2015-MINCETUR, 389-2015-MINCETUR, 191-2017-MINCETUR, y 266-2018-MINCETUR fueron designados los representantes del sector turístico privado, como miembros del Comité Especial en mención; Que, la Cámara Nacional de Turismo y los gremios legalmente constituidos, representativos de los establecimientos de hospedaje y afines, y de las líneas aéreas, han presentado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la terna de candidatos, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 27889, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, a fin de renovar su representación del sector turístico privado ante el mencionado Comité Especial; Que, asimismo, es necesario actualizar la conformación del referido Comité Especial, en cumplimiento del artículo 11 del Reglamento de la Ley Nº 27889, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; De conformidad con la Ley Nº 27990, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; De acuerdo con las propuestas formuladas por el Viceministerio de Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la actualización de la conformación del Comité Especial encargado de proponer el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por la Ley Nº 27889, el cual estará integrado por los siguientes miembros: - Ministro(a) de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside; - Viceministro(a) de Turismo; - Director(a) de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas; - Director(a) General de Promoción Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores, como representante titular; - Director(a) de Promoción del Turismo del Ministerio de Relaciones Exteriores, como representante alterno; - Gobernador(a) Regional del Gobierno Regional de Cajamarca representante del Circuito Turístico Norte ­ Nor Oriental; - Gobernador(a) Regional del Gobierno Regional de Junín, representante del Circuito Turístico del Centro; - Gobernador(a) Regional del Gobierno Regional del Cusco, representante del Circuito Turístico Sur; - Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; - Director(a) Ejecutivo(a) del Plan COPESCO Nacional; - Señor Alberto Federico Alegría Negrón, en representación de la Cámara Nacional de Turismo ­ CANATUR; - Señor José Francisco Vicente Casapía Bardales, en representación de los Establecimientos de Hospedaje y Afines del país; - Señor Javier Quiñones Pareja, en representación de las Agencias de Viajes y Operadores Turísticos; y - Señora Dina Rosa Patricia Turner Cuadros, en representación de las Líneas Aéreas. Artículo 2.- Dar las gracias a los miembros salientes del Comité Especial creado por la Ley Nº 27889, por los servicios prestados. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 138-2008-MINCETUR/DM y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1776635-1

Aprueban la actualización de la conformación del Comité Especial encargado de proponer el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por la Ley N° 27889
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2019-MINCETUR Lima, 5 de junio de 2019 Visto, el Memorándum Nº 461-2019-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, se creó el Comité Especial encargado de proponer al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, integrado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo que lo preside y por representantes del sector público, del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, y del sector privado; Que, los representantes de sector público son designados por las entidades correspondientes; y los representantes del sector turístico privado son designados por Resolución del Titular de Comercio Exterior y Turismo, para cuyo efecto, los gremios legalmente constituidos representativos de los establecimientos de hospedaje y afines, de las agencias