Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2019 (14/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 14 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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5. El ejecutor de obra podrá acreditar experiencia en ejecución de obras culminadas en el extranjero y/o en el Perú fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado según lo siguiente: En caso de ejecución de obras culminadas en el extranjero: - Copia del contrato de ejecución de obra - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique el nombre del contratista o consorcio; porcentaje de consorcio de cada consorciado, objeto y monto del contrato; descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución de la obra, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra, monto total de obra (solo el componente de obra). En caso de ejecución de obras culminadas en el Perú fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado: - Copia del contrato de ejecución de obra. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique: el nombre del contratista o consorcio, el nombre y RUC de cada uno de los consorciados con su respectivo porcentaje de participación (y la responsabilidad de cada uno de ellos de ser el caso); ubicación de la obra, descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución de la obra, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra, monto total de obra (solo el componente de obra). - Copia del documento de conformidad de obra emitido por la autoridad competente u órgano técnico de la contratante, en caso corresponda, por la naturaleza de la obra. - Copia de las facturas o boletas de ventas emitidas. c) Procedimiento de inscripción de ejecutores de obras, persona jurídica nacional 1. Número de recibo y fecha del pago que se establezca en el TUPA del OSCE. 2. Solicitud al OSCE según el Formulario aprobado. 3. La persona jurídica que por su tipo societario no se encuentre obligada a inscribir en Registros Públicos su distribución accionaria presenta copia del libro de matrícula de acciones y copia de la hoja donde conste la legalización de la apertura del libro de apertura o copia de la escritura pública o copia del acta de la Junta General de Accionistas de la empresa donde figure dicha información, según corresponda, en la cual figuren sus socios, así como el número de acciones que le corresponde a cada uno de ellos y su fecha de ingreso. 4. Cuando las acciones sean cotizadas en bolsa, para efectos de acreditar a los socios, fecha de ingreso y distribución de acciones, presenta copia del certificado que emite el organismo pertinente (bolsa de valores) o copia del documento suscrito por el órgano de administración que cuente con facultades para realizar dichas declaraciones. 5. Copia de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta tercera categoría del último ejercicio gravable declarada a la SUNAT y la Constancia de Presentación respectiva; o en su defecto, copia de los Estados Financieros Auditados individuales del último ejercicio económico, conteniendo como mínimo el Dictamen de auditor independiente, Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y las Notas Contables respectivas; o consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales cuando se acredite no haberse encontrado obligado a presentar la última declaración de Renta tercera categoría a SUNAT y cuente con más de seis (6) meses de actividades económicas. Cuando la calificación reportada a la Central de Riesgos de la SBS sea distinta a la "Normal (0)", deberá consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales, así como la copia del comprobante de pago, constancia de cuotas no vencidas, cronograma

de refinanciamiento, constancia de no adeudos u otro documento que corresponda, para acreditar mejora sobre la(s) deuda(s) reportada(s). En caso no cumpla con la condición de solvencia, respecto a los ratios de "endeudamiento" y/o "liquidez" corriente, debe consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales. En caso de insolvencia patrimonial a causa de pérdidas del ejercicio o acumuladas, el proveedor debe consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales, a fin de demostrar haber restablecido el equilibrio económico entre el capital y el patrimonio neto para cumplir con los parámetros de medición de solvencia económica establecidos para el RNP. 6. El ejecutor de obra podrá acreditar experiencia en ejecución de obras culminadas en el extranjero y/o en el Perú fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado según lo siguiente: En caso de ejecución de obras culminadas en el extranjero: - Copia del contrato de ejecución de obra - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique el nombre del contratista o consorcio; porcentaje de consorcio de cada consorciado, objeto y monto del contrato; descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución de la obra, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra, monto total de obra (solo el componente de obra). En caso de ejecución de obras culminadas en el Perú fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado: - Copia del contrato de ejecución de obra. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique: el nombre del contratista o consorcio, el nombre y RUC de cada uno de los consorciados con su respectivo porcentaje de participación (y la responsabilidad de cada uno de ellos de ser el caso); ubicación de la obra, descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución de la obra, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra, monto total de obra (solo el componente de obra). - Copia del documento de conformidad de obra emitido por la autoridad competente u órgano técnico de la contratante, en caso corresponda, por la naturaleza de la obra. - Copia de las facturas o boletas de ventas emitidas. d) Procedimiento de inscripción de ejecutores de obras, persona jurídica extranjera 1. Número de recibo y fecha del pago que se establezca en el TUPA del OSCE. 2. Solicitud al OSCE según el Formulario aprobado. 3. Copia de documento oficial emitido por autoridad registral, institución o autoridad competente en su país de origen, según sea el caso, que acredite la información actualizada declarada en el formulario oficial respecto de la conformación jurídica de la matriz, o, en su defecto, copia de la escritura pública, donde conste su inscripción ante entidad similar a Registros Públicos o ante autoridad competente en su país de origen. Cuando en dichos documentos no figure la distribución de acciones y/o la fecha de ingreso de los socios, presenta copia del documento similar al libro de matrícula de acciones y copia de la hoja donde conste la legalización de la apertura del libro o copia de la escritura pública o copia del acta de la Junta General de Accionistas de la empresa donde figure dicha información, según corresponda. Excepcionalmente, cuando el país de origen no expida los instrumentos antes mencionados, puede presentar copia del documento emitido por el órgano de administración que cuente con facultades para realizar dichas declaraciones. 4. Cuando las acciones sean cotizadas en bolsa, para efectos de acreditar a los socios, fecha de ingreso