Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de octubre de 2018 /

El Peruano

VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 015-2018-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ; y el Oficio del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo es responsable de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados, asimismo, con el visado de la presente Resolución, dicho dispositivo, alcanza también a Programas; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la presente Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo; y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por un importe total, ascendente a S/ 548,460.79 (Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y 79/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar proyectos ganadores de concursos públicos, para lo que remite el Informe Técnico Legal Nº 015-2018-FONDECYTUSM-OGPP-OGAJ (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual la Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas, para el desarrollo de los programas de doctorados señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta el Certificado de Crédito Presupuestario N° 3042018 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 157-2015-FONDECYT-DE; Que, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con la visación de la presente Resolución, ratifica el informe favorable, requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de

Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos en la presente Directiva para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobadas, en los convenios y/o contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras (para cubrir los programas de doctorados en Universidades Peruanas citados en el Informe Técnico - Legal Nº 015-2018-FONDECYT-USM-OGPPOGAJ), las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo del FONDECYT; y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", y Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas por la suma total de S/ 548,460.79 (Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y 79/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:
Tipo de cofinanciamiento Monto total S/ (En soles) 271,264.00

Programa

Denominación Doctorado en Física. Doctorado en Ciencia de Alimentos Monto Total S/

Institución Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional Agraria la Molina

Programas de Transferencia Doctorado en Financiera Universidades Peruanas

277,196.79 548,460.79

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1706882-2