Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2018 (27/07/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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NORMAS LEGALES
Viernes 27 de julio de 2018 /
El Peruano
de la región; g) Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la región, la cual podrá contar con una red de información provincial y distrital, la que operará en armonía con el sistema nacional de información agraria; j) Planear, supervisar y controlar, en coordinación con el gobierno nacional la mejora de los servicios de comercialización agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y ganadería; y, m) Fomentar la investigación y transferencia de tecnológica y extensión agropecuaria; Que, el artículo 8 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria establece que el Ministerio de Agricultura y Riego formula y aprueba el Plan Nacional de Cultivos sobre la base de las potencialidades y prioridades productivas nacionales y regionales, que sirve de referente obligatorio para la aplicación y ejecución de los programas y proyectos de reconversión productiva agropecuaria en sus diferentes niveles; precisando que en tanto se aplique dicho plan, los gobiernos regionales y locales ejecutarán programas o proyectos de acuerdo a las prioridades productivas de cada región o localidad; Que, mediante Informe Técnico N° 001-2018-MINAGRIDVPA/DGPA-DGESEP-DGA las Direcciones Generales Agrícola, de Seguimiento y Evaluación de Políticas y de Políticas Agrarias han elevado la propuesta del "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018-2019"; el mismo que según se señala, tiene por objeto, implementar una estrategia nacional de intervención destinada a generar información y orientación a los productores sobre la oferta agraria nacional, que facilite y contribuya al empleo y articulación racional y sostenible de los recursos productivos que intervienen en los procesos presentes, a lo largo de toda la cadena de valor de la producción agrícola; Que, asimismo, se señala que el "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018-2019" es un instrumento orientador de la oferta de cultivos a partir de la distribución óptima del plan de siembras entre los departamentos que permitirá al MINAGRI y a las Direcciones Regionales de Agricultura de los Gobiernos Regionales orientar adecuadamente, en especial al pequeño y mediano productor agrícola, respecto a la demanda nacional y seguridad alimentaria, con el propósito de que cuente con información suficiente para tomar decisiones adecuadas en relación a las variaciones de los mercados y precios competitivos para su oferta agrícola, de igual forma, dicho instrumento busca promover y articular la participación de agentes económicos, para propiciar racionalidad y equidad en el proceso de transacciones, alianzas y contratos, entre otros, en el marco de sus competencias; Que, sustentado en el Informe N° 119-2018-MINAGRISG/OGPP-OPLA de fecha 23 de julio de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Memorandum N° 1065-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de fecha 23 de julio de 2018, mediante el cual opina en forma favorable respecto a la propuesta del "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018-2019" considerando que dicho documento se alinea con los objetivos de la Política Nacional Agraria vigente, el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2015-2021 actualizado y el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, según dicho Informe, el "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018-2019" se encuentra alineado a la Política Nacional Agraria, en el Eje de Política 10: Acceso a Mercados, en el marco de los lineamientos estratégicos: (1) desarrollar un sistema de información accesible, oportuno y confiable sobre los precios, servicios agrarios y mercados para productores rurales a nivel nacional; y, (6) promover el desarrollo de mercados de productores agropecuarios y la infraestructura agraria; al Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado - PESEM 2015-2021 (Diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego, en el Objetivo Estratégico OEI 2: "Incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario" en el que está prevista la Acción Estratégica AEI: "Desarrollar un sistema integrado de información sectorial agraria"; y, al Plan Estratégico Institucional Actualizado (PEI) 20162018 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego, en el Objetivo Estratégico Institucional OEI 4: "Mejora de los
servicios para la articulación de los productores agrarios al mercado", a través de la Acción Estratégica Institucional AEI 4.3: "Mejora de las estrategias de articulación al mercado, bajo el enfoque de cadenas de valor de los productores agrarios"; y, el Objetivo Estratégico Institucional OEI 8.1 "Promoción de la información agraria a través del uso intensivo de diferentes plataformas medios y tecnologías de información y comunicación (ITC) a los usuarios"; Que, estando a lo expuesto, corresponde aprobar la propuesta del "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018-2019" en base al sustento técnico esbozado en el Informe Técnico N° 001-2018-MINAGRIDVPA/DGPA-DGESEP-DGA remitido por las Direcciones Generales Agrícola, de Seguimiento y Evaluación de Políticas y de Políticas Agrarias e Informe N° 119-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, de la Dirección General Agrícola; de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas; de la Dirección General de Políticas Agrarias; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018 2019" Aprobar el documento denominado "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018 2019", el mismo que consta de cinco (5) Capítulos, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Monitoreo del "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018 2019" La Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, realiza el monitoreo de los cultivos contenidos en el "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018 2019", a través del módulo denominado "Sistema de Información de Cultivos". Artículo 3.- Promoción de la Campaña Agrícola 2018-2019. La Dirección General Agrícola es el órgano encargado de la promoción de la Campaña Agrícola 2018-2019 a nivel nacional; siendo responsable de realizar las coordinaciones necesarias para su promoción a nivel regional con las Direcciones Regionales de Agricultura o las que hagan sus veces en los Gobiernos Regionales. Asimismo, la citada Dirección General realizará las acciones necesarias que permitan a los actores de la sociedad civil coadyuvar en la difusión del "Plan Nacional de Cultivos Campaña Agrícola 2018 2019". Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial y su Anexo son publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en los Portales Institucionales de los programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1674735-2