Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2018 (04/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 4 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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22.1.4. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable de solicitar la emisión de los [INDICAR CIPRL O CIPGN] a la DGETP del Ministerio de Economía y Finanzas. 22.1.5. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable de realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el SIAF para la emisión del [INDICAR CIPRL O CIPGN], así como de emitir las certificaciones presupuestales. 22.1.6. ([EN CASO DE ENTIDAD DEL GOBIERNO NACIONAL, INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] RESPONSABLE DE REALIZAR EL REGISTRO DE LA CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIA, Y RESPONSABLE DE REGISTRAR EL COMPROMISO ANUAL EN EL MÓDULO ADMINISTRATIVO DEL SIAF-SP, ASÍ COMO DE LA FASE DE DEVENGADO, PARA LA EMISIÓN DE LOS CIPGN EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO). 22.1.7. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable de emitir la Conformidad del Servicio de Supervisión prestado por la Entidad Privada Supervisora. 22.1.8. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable de otorgar la Conformidad de las actividades de mantenimiento, cuando corresponda. 22.1.9. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable de otorgar la Conformidad de las actividades de operación, cuando corresponda. 22.1.10. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable de remitir copia del Convenio de Inversión y Contrato de Supervisión, así como sus adendas, a la DGPPIP del Ministerio de Economía y Finanzas. 22.2. El incumplimiento de las funciones asignadas acarrea las responsabilidades y sanciones respectivas, conforme al artículo 14 de la Ley. 22.3. En caso se modifique el cargo del funcionario responsable designado de acuerdo al numeral 22.1 solo será necesario la comunicación mediante documento de fecha cierta a la empresa privada y a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas. IMPORTANTE: - No incluir nombre, porque la responsabilidad es funcional del área competente de la Entidad Pública, de acuerdo a sus instrumentos de gestión: manuales, operativos, Reglamentos de Organización y Funciones, etc. CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES 23.1. Para los efectos que se deriven del presente Convenio, LAS PARTES fijan como sus domicilios los señalados en la parte introductoria, donde se cursarán las comunicaciones que correspondan. 23.2. Adicionalmente, LAS PARTES fijan correo electrónico y número de teléfono, para efectos del trámite de solicitud de emisión de [INDICAR CIPRL O CIPGN], ante la DGETP: DOMICILIO DE LA ENTIDAD PÚBLICA: [INDICAR DOMICILIO LEGAL] CORREO ELECTRÓNICO DE LA ENTIDAD PÚBLICA: [INDICAR CORREO ELECTRÓNICO] IMPORTANTE: - La entidad pública debe consignar el correo electrónico y número telefónico del funcionario responsable de emitir el CIPRL/CIPGN. NÚMERO DE TELÉFONO DE LA ENTIDAD PÚBLICA: [INDICAR NÚMERO DE TELÉFONO]

DOMICILIO DE LA EMPRESA PRIVADA (O EL CONSORCIO): [INDICAR DOMICILIO LEGAL] CORREO ELECTRÓNICO DE LA EMPRESA PRIVADA: [INDICAR CORREO ELECTRÓNICO] NÚMERO DE TELÉFONO DE LA EMPRESA PRIVADA: [INDICAR NÚMERO DE TELÉFONO] 23.3. Cualquier variación domiciliaria, de correo electrónico o número de teléfono, durante la vigencia del presente Convenio, producirá sus efectos después de los cinco (5) días hábiles de notificada a la otra parte; caso contrario, toda comunicación o notificación realizada a los domicilios, correos electrónicos o números de teléfono indicados en la introducción del presente documento se entenderá válidamente efectuada. 23.4. Dentro de los diez (10) días hábiles de celebrado el presente Convenio de Inversión y sus modificatorias, LA ENTIDAD PÚBLICA y LA EMPRESA PRIVADA (O EL CONSORCIO) deberán remitir copia de estos documentos a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada. De acuerdo con las Bases, la Propuesta Económica y Técnica y las disposiciones de este Convenio de Inversión, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [INDICAR CIUDAD], a los [INDICAR DÍA, MES Y AÑO].
--------------------------------------"LA ENTIDAD PÚBLICA" ----------------------------------"LA EMPRESA PRIVADA (O EL CONSORCIO)"

1613301-1

Designan Asesor II del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2018-EF/10 Lima, 01 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Iván Armando Castillo Cuadra, en el cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1613301-2