Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2017 (08/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de setiembre de 2017 /

El Peruano
Nivel F-3

Designan profesionales en diversos cargos del Instituto Nacional de Salud del Niño Breña
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 787-2017/MINSA Lima, 6 de setiembre del 2017 Visto, el expediente Nº 17-081232-001, que contiene el Oficio Nº 2696-DG-INSN-2017, emitido por el Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 7422017/MINSA, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña, en el cual los cargos de Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 197) de la Oficina de Economía y Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 252) de la Oficina de Logística, de la Oficina Ejecutiva de Administración, se encuentran calificados como Directivos Superiores de Libre Designación; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 3702017/MINSA, de fecha 19 de mayo de 2017, se designó a la abogada Myriam Sofía Bonilla Marcos Ibáñez, en el cargo de Jefa de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Logística de la Oficina Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional de Salud del Niño; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 371-2017/ MINSA, de fecha 19 de mayo de 2017, se designó al contador público Ronald Walter Luna Aranda, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional de Salud del Niño; Que, con el documento de Visto, el Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña, solicita dar por concluidas las designaciones detalladas en los considerandos precedentes y propone en su reemplazo designar a las contadoras públicas Jessie María Sánchez Llerena y Bertha Rojas Díaz, respectivamente; Que, a través del Informe Nº 905-2017-EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Gestión de Gestión de Recursos Humanos, señala que corresponde dar por concluidas las designaciones y designar a las profesionales propuestas, para asegurar el normal funcionamiento del Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y en el Decreto Supremo N° 0082017-SA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas, en el Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña, las designaciones de los profesionales que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados:
Nombres y Apellidos Contador Público Ronald Walter Luna Aranda Cargo Jefe de Oficina de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración Nivel F-3

Nombres y Apellidos Abogada Myriam Sofía Bonilla Marcos Ibáñez

Cargo Jefa de Oficina de la Oficina de Logística de la Oficina Ejecutiva de Administración

Artículo 2.- Designar en el Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña, a los profesionales que se detallan a continuación:
Nombres y Apellidos Contadora Pública Bertha Rojas Díaz Contadora Pública Jessie María Sánchez Llerena Cargo Jefa de Oficina de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración Jefe de Oficina de la Oficina de Logística de la Oficina Ejecutiva de Administración Nivel F-3 CAP - P 197

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Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1562716-4

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Gobierno Regional de Cajamarca, para financiar acciones de mantenimiento de infraestructura de establecimientos de salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 793-2017/MINSA Lima, 7 de setiembre del 2017 Visto, el Expediente N° 17-047561-001 que contiene el Informe N° 0359-2017-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expide la Resolución Ministerial N° 1008-2016/MINSA, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2017, se aprobaron medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía así como la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto de Urgencia, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 4 400 000 000,00 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), correspondiéndole al Ministerio de Salud la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), para ser destinado al financiamiento de acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, el artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 004-2017, autoriza al Ministerio de Salud durante el Año Fiscal 2017 a realizar transferencias financieras, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de las unidades ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, a fin de financiar el mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud,