Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2017 (17/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 17 de octubre de 2017 /

El Peruano

de Irrigación Margen Derecha del Río Tumbes, Parque Industrial y el Proyecto de Drenaje Pluvial de la Ciudad de Tumbes, proyectos que han sido declarados de Necesidad Pública y de Interés Nacional, mediante sus leyes y cuentan con la respectiva viabilidad técnica con sus códigos SNIP. Artículo Quinto.- DELEGAR, las competencias y funciones, conforme a lo señalado al Artículo Noveno del Estatuto de la "Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú". Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", asimismo el Estatuto de la "Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú" y la difusión en la Página Web del Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 10 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. LIZ YAQUELINE CAMPOS FEIJÓO Consejera Regional POR TANTO Mando se registre, publique, cumpla, y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional Tumbes el 13 de octubre de 2017 RICARDO I. FLORES DIOSES Gobernador 1576480-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Prorrogan beneficios tributarios y fecha del sorteo "Premio al Vecino Puntual" a favor de los contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2017-MDEA El Agustino, 1 de agosto del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: El Informe Nº 0130-2017-GEMU/MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 213-2017-GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 190-2017-GREN/MDEA emitido por la Gerencia de Rentas, respecto a la propuesta del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la Ordenanza Nº 624-2017MDEA y de la Ordenanza Nº 623-2017-MDEA, que establece los Beneficios Tributarios y el sorteo "Premio al Vecino Puntual" respectivamente, a favor de los Contribuyentes del distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las

Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de acuerdo al Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, conforme a lo establecido en el inciso 4 del Artículo 195º, el Artículo 74º de la Constitución del Estado y el inciso 9 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, en concordancia con el IV del Título Preliminar del Código Tributario, los Gobiernos Locales cuentan con potestad tributaria para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia a través de normas con rango de Ley. Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que los Gobiernos Locales podrán condonar, excepcionalmente y con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. Asimismo, el Artículo 29º del referido cuerpo legal, establece la Administración Tributaria podrá prorrogar, con carácter general, el plazo para el pago de la deuda tributaria. Que, los beneficios tributarios son disposiciones dictadas por el gobierno municipal para otorgar facilidades a los contribuyentes que se encuentran en calidad de omisos y/o morosos al pago de los diferentes tributos municipales, estos beneficios permiten a los omisos la presentación de Declaraciones Juradas de Autoevaluó, el pago de multas y facilita la incorporación de nuevos contribuyentes, ampliándose la base tributaria e incrementándose los recursos económicos institucionales de la Entidad Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 624-2017-MDEA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio del 2017, se aprobó los beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino, facultándose al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la mencionada Ordenanza, así como para determinar y aprobar las prórrogas de su vigencia de acuerdo a sus atribuciones, conforme lo indica la Tercera Disposición Final de la referida Ordenanza. Que, mediante Ordenanza Nº 623-2017-MDEA, publicada en el Diario Ofical "El Peruano" se aprobó las condiciones y procedimientos que regulan el sorteo público "Premio al Vecino Puntual". Que, a través del Informe Nº 190-2017-GREN/ MDEA la Gerencia de Rentas informó que es necesario realizar la prórroga de beneficios tributarios para posibilitar se cumpla a cabalidad con los objetivos que propicio el acuerdo de dicha iniciativa del Concejo Municipal, hasta el 23 de setiembre del presente año y así como la prórroga de la fecha del sorteo del "Premio al Vecino Puntual" señalada en la Ordenanza Nº 6232017-MDEA, para realizarse el día domingo 01 de octubre del 2017. Que, con Informe Nº 213-2017-GAJ/MDEA, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó favorablemente por la ampliación del plazo de beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de El Agustino, conforme a lo opinado y la recomendación efectuado por la Gerencia de Rentas. Que, los Decretos de Alcaldía son las normas reglamentarias y de aplicación a las ordenanzas,