Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2017 (06/10/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 79
El Peruano / Viernes 6 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
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VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "Feria Internacional de Tacna FERITAC 2017" del 23 al 30 de agosto de 2017, ubicada en el "Recinto Campo Ferial del Parque Perú", distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Oficina Especial Temporal, requerida por el Procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA- de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 3082-2011 y modificatorias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y modificatorias; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 47972015; el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; en concordancia con lo señalado por el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución Nº 3082-2011; y, de acuerdo con la encargatura dispuesta según el Memorando Nº 542-2017-SABM de fecha 15.09.2017; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., con eficacia anticipada al 23 de agosto de 2017, la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "Feria Internacional de Tacna FERITAC 2017" del 23 de agosto de 2017 al 30 de agosto de 2017, ubicada en el "Recinto Campo Ferial del Parque Perú", distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CÓRDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1573355-1
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento N °12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N°26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorandum N° 542-2017-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la CMAC Piura S.A.C. el traslado de su Agencia, ubicada en Jr. Lima N° 824826, distrito y provincia de Abancay, departamento Apurímac, hacia su nueva dirección sito en Esquina Av. Arequipa N°300 y Calle Junín N° 211, distrito y provincia de Abancay, departamento Apurímac . Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CORDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1573207-1
Autorizan a CMAC Piura S.A.C. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Ica y Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS Nº 3758-2017 Lima, 26 de setiembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Oficina Especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 01 de setiembre de 2017, se acordó la apertura de las referida Oficina Especial; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la oficina, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N°26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum N° 5422017-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a CMAC Piura S.A.C la apertura una Oficina Especial ubicada en el Pasaje Jazmín N° 110- Pisco( Mz.32 Lote 6 del Centro Poblado Centro Urbano de Pisco Sector l ), distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica . Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CORDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1573207-2
Autorizan a CMAC Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN SBS Nº 3757-2017 Lima, 26 de setiembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice el traslado de su Agencia Abancay, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 11142-2008 del 13 de noviembre de 2008 se autorizó la apertura de la Agencia Abancay, ubicada en Jr. Lima N° 824-826, distrito y provincia de Abancay, departamento Apurímac; Que, en sesión de Directorio del 28 de agosto de 2017 se acordó el traslado de la referida Agencia;