Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2017 (03/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de octubre de 2017 /

El Peruano

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1389-2017-DE/MGP Lima, 29 de setiembre de 2017 Vista, la Carta G.500-4592 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 15 de setiembre de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Correo Electrónico Nº 18/17 de fecha 22 de mayo de 2017, el Secretario del Acuerdo de Viña del Mar, ha cursado invitación al Director General de Capitanías y Guardacostas, para participar en la XXIV Reunión del Comité y IX Reunión de Administradores de Centros de Información y Grupos Técnicos de Trabajo del Acuerdo de Viña del Mar, a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 1 al 6 de octubre de 2017; asimismo, remite la Agenda Preliminar de la Autoridad Marítima de Panamá, a fin de conocer la programación de actividades de las referidas reuniones; Que, es preciso indicar que de acuerdo a la programación de la referida agenda, las actividades a desarrollarse para la jornada de trabajo de la XXIV Reunión del Comité y IX Reunión de Administradores de Centros de Información y Grupos Técnicos de Trabajo del Acuerdo de Viña del Mar, se realizarán del 4 al 6 de octubre de 2017; por lo que es necesario la participación técnica de la delegación conformada por la Autoridad Marítima Nacional, en el mencionado período; Que, con Oficio P.200-1862 de fecha 4 de julio de 2017, el Director General de Capitanías y Guardacostas ha propuesto al Contralmirante Hugo Ricardo VERÁN Moreno y al Capitán de Navío SGC. Rubén Alfredo ALEJO Vera, para que participen en las referidas reuniones, lo que permitirá conocer y gestionar la mejor aplicación de las normas técnicas, operacionales y de la seguridad en el área marítima de responsabilidad de la Autoridad Marítima Nacional, garantizando que lo buques que naveguen en la región cumplan con los estándares fijados en los Convenios Internacionales; Que, de acuerdo con el documento Nº 172-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después de los eventos, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan

los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Hugo Ricardo VERÁN Moreno, CIP. 00805282, DNI. 43869758 y del Capitán de Navío SGC. Rubén Alfredo ALEJO Vera, CIP. 01813705, DNI. 29408256, para que participen en la XXIV Reunión del Comité y IX Reunión de Administradores de Centros de Información y Grupos Técnicos de Trabajo del Acuerdo de Viña del Mar, a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 4 al 6 de octubre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 3 y su retorno el 7 de octubre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Panamá (República de Panamá) - Lima US$. 1,014.00 x 2 personas US$. 2,028.00 Viáticos: US$. 315.00 x 2 personas x 3 días TOTAL A PAGAR: US$. 1,890.00 US$. 3,918.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1571732-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican la Directiva N° 003-2017-EF/63.01, Directiva para la ejecución de inversiones públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2017-EF/63.01 Lima, 29 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se creó el referido Sistema Nacional con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados