Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2017 (03/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de marzo de 2017 /

El Peruano

Que, mediante informe de Visto la Dirección de Derecho de Vigencia informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de enero de 2017 es de US $ 6,115,419.31 (Seis Millones Ciento Quince Mil Cuatrocientos Diecinueve y 31/100 Dólares Americanos) y S/ 2,050.00 (Dos Mil Cincuenta y 00/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades beneficiarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, corresponde autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero de 2017 a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352007-EM, y; Con los visados de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Artículo 1.- Asignar los montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de enero del año 2017, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: Entidades DISTRITOS INGEMMET MINEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL Monto a Distribuir US$ S/ 4,586,772.07 1,537.50 1,213,535.91 410.00 303,383.98 102.50 11,727.35 6,115,419.31 0.00 2,050.00

DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BONGARA FLORIDA VALERA YAMBRASBAMBA AMAZONAS/CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS HUANCAS SONCHE AMAZONAS/CONDORCANQUI NIEVA RIO SANTIAGO AMAZONAS/LUYA LAMUD SAN CRISTOBAL AMAZONAS/UTCUBAMBA CAJARURO ANCASH/AIJA AIJA CORIS LA MERCED SUCCHA ANCASH/ANTONIO RAYMONDI MIRGAS SAN JUAN DE RONTOY ANCASH/BOLOGNESI AQUIA CAJACAY CHIQUIAN HUALLANCA MANGAS ANCASH/CARHUAZ CARHUAZ PARIAHUANCA YUNGAR ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN NICOLAS ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA YAUTAN ANCASH/CORONGO ACO BAMBAS CORONGO CUSCA LA PAMPA ANCASH/HUARAZ COCHABAMBA HUANCHAY HUARAZ INDEPENDENCIA JANGAS LA LIBERTAD PAMPAS

S/ 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 8,400.00 751.01 21,675.00 900.00 1,125.00 900.00 450.00 1,800.00 1,876.00 751.01 7,275.00 11,175.00 2,700.00 13,162.50 2,016.71 3,712.50 9,900.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,125.00 3,262.50 675.00 7,380.00 225.00

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una finalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR BERNUY VERAND Presidente del Consejo Directivo

0.00 0.00 0.00

112.50 325.00 325.00

0.00

450.00

0.00 0.00 0.00

14,629.50 6,187.95 3,151.20

ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero de 2017 a las Municipalidades Distritales es el siguiente:

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,025.00 1,237.50 3,075.00 5,175.00 1,125.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

3,825.00 225.00 12,300.00 4,929.00 1,200.00 337.50 787.50