Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2017 (22/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 22 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Luis Augusto Camargo Pezo, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Yarinacocha, Distrito Fiscal de Ucayali, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4628-2014-MP-FN, de fecha 03 de noviembre de 2014. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Luis Augusto Camargo Pezo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1488609-17 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 634-2017-MP-FN Lima, 21 de febrero de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 98-2017-FS/CFEMA-FN, cursado por la Fiscal Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Fiscal de Ucayali, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Ucayali, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Dyna Villegas Del Águila, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Ucayali. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1488609-18

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Establecen alcances contenidos en la R.J N° 35-2016/JNAC/RENIEC, correspondiente a la campaña gratuita de todo tipo de trámites para la obtención y expedición del Documento Nacional de Identidad Electrónico, para personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco años de edad, a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 33-2017/JNAC/RENIEC Lima, 21 de febrero de 2017 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000230-2016/ GOR/RENIEC (16SEP2016), el Informe Nº 0000582016/GOR/RENIEC (16SEP2016) y el Memorando Nº 002615-2016/GOR/RENIEC (29DIC2016) de la Gerencia de Operaciones Registrales; las Hojas de Elevación Nº 000257-2016/GPP/RENIEC (20SEP2016) y Nº 0000272017/GPP/RENIEC (02FEB2017) y el Memorando Nº 005584-2016/GPP/RENIEC (27DIC2016) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informe Nº 000942016/GPP/SGPL/RENIEC (20SEP2016) y Nº 0000122017/GPP/SGPL/RENIEC (02FEB2017) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 003572-2016/GPP/SGP/ RENIEC (19SEP2016) y Nº 000235-2017/GPP/SGP/ RENIEC (02FEB2017) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, los Memorando Nº 000960-2016/GG/RENIEC (03OCT2016) y Nº 000080-2017/GG/RENIEC (30ENE2017) de la Gerencia General; los Informes Nº 000294-2016/GAJ/ SGAJR/RENIEC (27SEP2016) y Nº 000042-2017/GAJ/ SGAJR/RENIEC (08FEB2017) y la Hoja de Elevación Nº 000005-2017/GAJ/SGAJR/RENIEC (12ENE2017) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 002389-2016/GAJ/RENIEC (22DIC2016) y las Hojas de Elevación Nº 000533-2016/GAJ/RENIEC (27SEP2016), Nº 000549-2016/GAJ/RENIEC (06OCT2016), Nº 0000272017/GAJ/RENIEC (12ENE2017), Nº 000068-2017/GAJ/ RENIEC (31ENE2017) y Nº 000076-2017/GAJ/RENIEC (08FEB2017) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 01598-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas,