Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2017 (19/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 19 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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largo plazo, manejo de información micro y macro para la toma de decisiones, lo cual es importante toda vez que los ingresos de ESSALUD provienen principalmente de las aportaciones de los empleadores, cuya recaudación está directamente relacionado con la situación económica del país; Que, con Carta N° 129-GCAJ-ESSALUD-2017 e Informe N° 31-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2017 la Gerencia Central de Asesoría Jurídica ha opinado, entre otros aspectos, que la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo es la instancia competente para evaluar y proponer la modificación del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD; asimismo, concluye que las modificaciones propuestas se enmarcan en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la modificación de la Estructura Orgánica y del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PEESSALUD-2015 y sus modificatorias; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) y d) del artículo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Presidente Ejecutivo aprobar la Estructura Orgánica y Funcional de ESSALUD, así como su Reglamento de Organización y Funciones y los demás Reglamentos internos; Con los vistos de la Gerencia Central de Gestión Financiera, la Gerencia Central de Operaciones, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Gerencia Central de Gestión de las Personas, y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. MODIFICAR la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PEESSALUD-2015 y respectivas modificatorias, en lo siguiente: 1.1. MODIFICAR los artículos 9°, 36°, 37°, 41°, 45°, 49°, 83°, 183°, 186°, 187°, 188° y 189°, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. 1.2. SUPRIMIR los literales c), e), f) y p) del artículo 83°, los artículos 92°, 93°, 94°, 95°, y el literal e) del artículo 186°, y los cargos del numeral 05.3.3 del Anexo B, Estructura de los Cargos Jefaturales del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD. 1.3. INCLUIR los artículos 40-A°, 40-B°, 40-C° y 40D°, en el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. 1.4. MODIFICAR el Organigrama Estructural y la Estructura de Cargos Jefaturales de los Anexos A y B del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, en virtud a lo dispuesto en los numerales precedentes. 2. DISPONER la transferencia de personal y del presupuesto, bienes muebles, aplicativos informáticos, archivos electrónicos y similares, así como, el acervo documentario que corresponda de la Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Central de Gestión Financiera a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto en un plazo de treinta (30) días, contados a partir de la aprobación de la presente Resolución. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas y la Gerencia Central de Gestión Financiera ejecuten las acciones que correspondan en el ámbito de

sus funciones a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. 4. DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo publique la versión actualizada del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD en el Portal de Transparencia, en base a las modificaciones aprobadas en la presente Resolución. 5. DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); y en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud ­ESSALUD (www.essalud. gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 6. DEJAR SIN EFECTO todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GABRIEL DEL CASTILLO MORY Presidente Ejecutivo 1474961-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Dan por concluida designación Superintendente de la SUTRAN
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2017-MTC Lima, 18 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Suprema N° 012-2016MTC de fecha 04 de agosto de 2016, se designó al señor Héctor Elbert Rubio Guerrero en el cargo de Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN; SE RESUELVE: Artículo 1 - Dar por concluida la designación del señor Héctor Elbert Rubio Guerrero, en el cargo de Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1475762-7

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