Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2017 (08/01/2017)


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NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS

Domingo 8 de enero de 2017 /

El Peruano

REGLAMENTO DE CONCURSO PARA EL NOMBRAMIENTO DEL JEFE DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES DISPOSICIONES GENERALES I. Objeto El presente reglamento establece las disposiciones aplicables al procedimiento para nombrar al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (en adelante ONPE). Este mismo procedimiento se aplica cuando se declare la vacancia y corresponda nombrar al reemplazante. II. Marco normativo El Jefe de la ONPE es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante concurso público, conforme a las disposiciones de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura N° 26397, Ley Orgánica de la ONPE N° 26487 y el presente reglamento. III. Conducción del concurso La conducción del concurso está a cargo de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento, la que cuenta con el apoyo de la Dirección de Selección y Nombramiento de Magistrados. IV. Deber de información Todo organismo e institución público o privado está obligado a remitir al Consejo la información que se le solicite, conforme a lo establecido en el artículo 35° de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura. V. Prohibición de recomendaciones Está prohibida toda recomendación directa o indirecta a favor del postulante. Los consejeros las rechazan y dan cuenta al Pleno. En votación calificada el Pleno puede disponer el retiro del postulante con resolución motivada. La decisión es inimpugnable. TÍTULO I: DEL CONCURSO PÚBLICO CAPÍTULO I: DE LA CONVOCATORIA Artículo 1°.- Oportunidad La convocatoria al concurso público para nombramiento del Jefe de la ONPE se efectúa: el

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Aprueban Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 001-2017-CNM Lima, 4 de enero de 2017 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y el acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión del 4 de enero de 2017; y, CONSIDERANDO: El Consejo Nacional de la Magistratura, de conformidad con los artículos 182° de la Constitución Política del Perú y 21° inciso e) de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, es el organismo constitucional encargado del nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Mediante Resolución N° 485-2004-CNM de 25 de noviembre de 2004, modificada por Resolución N° 3192012-CNM de 08 de noviembre de 2012, se aprobó el Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. El Consejo Nacional de la Magistratura, en su compromiso con la mejora continua de sus procedimientos relacionados con el ejercicio de sus funciones constitucionales y en el desarrollo de la reingeniería de los mismos, ha elaborado un nuevo Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a efecto de que se encuentre acorde con exigencias para la selección y nombramiento de un alto funcionario del Estado, como es el de Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. El acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en la sesión de 4 de enero del presente año, y de conformidad con los artículos 21° inciso g) y 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar el Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, que consta de cinco disposiciones generales, tres títulos, treinta y siete artículos y cinco disposiciones finales, así como la Tabla de Calificación Curricular, los mismos que forman parte de la presente resolución. Segundo.- Dejar sin efecto el Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución N° 4852004-CNM y modificado por Resolución N° 319-2012CNM. Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y del texto del reglamento en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Boletín Oficial de la Magistratura de la página electrónica institucional: www.cnm.gob.pe. Cuarto.- El presente Reglamento entra en vigencia desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUIDO AGUILA GRADOS Presidente

a) Antes de los quince (15) días hábiles de la fecha de culminación del mandato. b) En caso de vacancia o no ratificación, el plazo de convocatoria es dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de consentida la resolución correspondiente. Artículo 2º.- Aprobación y contenido La convocatoria es aprobada por el Pleno del Consejo. El Presidente del Consejo dispone su publicación por una vez en el diario oficial El Peruano y en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM). El aviso de convocatoria especifica el objeto del concurso, los requisitos para postular, los plazos para la inscripción, la valoración de cada una de las etapas del concurso, además de la información que se considere necesaria. CAPÍTULO II: DE LA POSTULACIÓN Artículo 3º.- Requisitos Para postular al cargo de Jefe de la ONPE, se requiere: a) Ser ciudadano peruano no menor de 45 ni mayor de 70 años. b) Tener título profesional relacionado a la función, expedido conforme a ley universitaria. c) Tener experiencia probada en administración e informática. d) Tener conducta intachable. e) No adolecer de incapacidad física ni mental permanentes que le impida ejercer el cargo para el que postula.