Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2017 (12/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de diciembre de 2017 /

El Peruano

se modifica el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1158, evidenciándose que la citada Superintendencia deja de tener las funciones de categorización y acreditación; Que, con el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, estableciéndose en su artículo 102, literal f, que la Dirección de Intercambio Prestacional, Organización y Servicios de Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud, tiene la función de pronunciarse en materia de categorización y acreditación de los establecimientos de salud; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 35, señala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; Que, el artículo 36, numeral 1, de la citada Ley N° 29158, determina que la Comisión Sectorial es de naturaleza temporal y se aprueba mediante Resolución Ministerial, teniendo la finalidad específica de cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos; Que, considerando la modificatoria del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; y lo dispuesto en el artículo 102 literal f del Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, resulta necesario conformar una Comisión que se encargará de conducir y proponer las acciones administrativas necesarias para llevar a cabo el proceso de transferencia de los procesos de categorización y acreditación; Con el visado del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar la Comisión de Transferencia a cargo del proceso de transferencia del acervo documental, los recursos, bienes y el personal de los procesos de categorización y acreditación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ­ IPRESS, de la Superintendencia Nacional de Salud al Ministerio de Salud, la cual estará integrada por: Ministerio de Salud: - El Secretario General o su representante. - El Director General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional ­ DGAIN. Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD): - El Secretario General. - El Superintendente Adjunto de Supervisión ­ SASUPERVISIÓN. - El Superintendente Adjunto de Regulación y Fiscalización ­ SAREFIS. La Comisión de Transferencia se instalará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial. La Comisión de Transferencia podrá organizarse en equipos de trabajo para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Artículo 2.- La Comisión de Transferencia, una vez que culmine el proceso de transferencia, deberá presentar un informe final al Ministro de Salud, respecto de los resultados consolidados y las recomendaciones que se deba implementar a partir de dicho proceso.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1596132-1

Aprueban "Directiva Administrativa que regula los Aspectos Metodológicos para la Evaluación del cumplimiento de las Metas Institucionales, Indicadores de Desempeño y Compromisos de Mejora de los Servicios, para la Entrega Económica, establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1101-2017/MINSA Lima, 7 de diciembre del 2017 Visto, el Expediente N° 17-089711-001, que contiene el Memorándum N° 622-2017-DGOS/MINSA, emitido por la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, tiene la finalidad que éste alcance mayores niveles de eficacia, eficiencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo de su personal; Que, el artículo 15 del mencionado Decreto Legislativo, dispone que la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, es la entrega económica que se otorga una vez al año, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, y Gobiernos Regionales, por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios; Que, en ese contexto, y como parte del fortalecimiento del Sector Salud, mediante Decreto Supremo N° 0012017-SA, se aprobaron para el año 2017, los criterios para definir las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplirse en el año 2017, para la entrega económica a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, para incentivar y garantizar la continuidad, oportunidad y calidad de los servicios de salud en beneficio de la población; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 001-2017-SA, establece que el Ministerio de Salud, mediante documento normativo aprobado con Resolución Ministerial, define las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los compromisos de mejora de los servicios y las fuentes de datos para la evaluación del cumplimiento de logros esperados para las DIRESAS y Redes de Salud; Hospitales de II y III nivel no especializados; hospitales e institutos especializados de III nivel; y hospitales de emergencias; Que, asimismo, el artículo 7 del referido Decreto Supremo señala que para la Asignación económica anual por cumplimiento de metas correspondiente al año 2017, se requiere la suscripción de convenios de gestión, cuyos aspectos técnicos relacionados a su formulación, negociación, suscripción, implementación y evaluación formarán parte del documento normativo a que se refiere el considerando precedente;