Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2016 (06/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de octubre de 2016 /

El Peruano

La solicitud presentada por el señor Victor Cardenas Sarrín para que se autorice la inscripción de la empresa SHIELD CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 26-2016-CEI celebrada el 07 de setiembre de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa SHIELD CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matrícula N° J-0823. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1436864-1

funcionando la precitada agencia, conforme consta en el certificado de licencia municipal de funcionamiento de fecha 25.08.2016; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación necesaria que sustenta lo solicitado; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106º y 107º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de la facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10.09.2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera QAPAQ S.A., la actualización de la dirección de la agencia objeto de solicitud, en los términos siguientes: - Dice: Avenida La Marina Nº 2523, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima - Debe decir: Avenida La Marina Nº 2525, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1437226-1

Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 5156-2016 Lima, 28 de setiembre de 2016 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Alfredo Francisco Yarín Lozano para que se autorice la inscripción de la empresa YARIN CORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente Nº 262016-CEI celebrada el 07 de setiembre de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013;

Autorizan a Financiera QAPAQ S.A., la actualización de la dirección de agencia ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 5154-2016 Lima, 28 de setiembre de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera QAPAQ S.A. para que esta Superintendencia autorice la actualización de la dirección de una agencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 06-2011 de fecha 04.01.2011, se autorizó la apertura de una agencia ubicada en avenida La Marina Nº 2523, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; Que, la Financiera ha informado que la Municipalidad Distrital de San Miguel ha asignado una nueva numeración al local en donde actualmente viene