Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Que, el numeral 3) del artículo 10 de referido Decreto Legislativo, dispone que el Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior tiene por función proponer la designación de Prefectos Regionales. Asimismo, el artículo 14 establece que la designación de Prefectos Regionales se realiza mediante Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1140, Decreto Legislativo que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, modificado por Ley N° 30438; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora MAGDA ANGELICA CORTEZ MEDINA DE DEZA en el cargo de Prefecta Regional del Callao. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1449654-7

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Crean Grupo de Trabajo que se encargue de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Constitucional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0321-2016-JUS Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el literal f) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este Ministerio es competente en materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, en el marco de sus competencias, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como una de sus funciones específicas estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación, de conformidad con lo señalado en el literal l) del artículo 7 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Ley N° 28237, se aprueba el Código Procesal Constitucional, que regula los procesos constitucionales de hábeas corpus, amparo, hábeas data, cumplimiento, inconstitucionalidad, acción popular y los conflictos de competencia, previstos en los artículos 200 y el inciso 3 del artículo 202 de la Constitución Política del Perú; Que, habiendo transcurrido diez años desde su vigencia, se hace necesario revisar el Código Procesal Constitucional con la finalidad de fortalecer los aspectos procesales que permitan garantizar de forma más adecuada la protección de los derechos fundamentales de conformidad con los principios establecidos en la Constitución Política del Perú, para ello resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo; Que, dicho Grupo de Trabajo estará integrado por reconocidos especialistas en derecho procesal civil, cuyas participaciones serán ad honorem; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1. Créase el Grupo de Trabajo que se encargue de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Constitucional, con la finalidad de actualizar las normas contenidas en este Código, atendiendo a los desarrollos jurisprudenciales y doctrinales que se han producido desde su promulgación. Artículo 2. El Grupo de Trabajo a que se refiere el artículo precedente estará integrado por las siguientes personas: a. Domingo García Belaunde, quien lo presidirá b. Juan Carlos Morón Urbina c. José Felix Palomino Manchego d. Eleuterio Nelson Ramírez Jiménez e. Aníbal Gonzalo Raúl Quiroga León f. Gerardo Eto Cruz g. Arsenio Oré Guardia Los especialistas antes mencionados actuarán a título personal y su participación será con carácter ad honorem. Artículo 3. El Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de representantes de las entidades públicas y privadas que su Presidencia considere necesaria. Para ello, puede convocar adicionalmente a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines. Artículo 4. El Grupo de Trabajo a que se refiere el

Designan Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Orden Interno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 931-2016-IN Lima, 3 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al empleado de confianza que asuma el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Luis Alberto Naldos Blanco, en el cargo público de confianza de Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1449626-1