Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2016 (28/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU

Año XXXIII - Nº 13620

NORMAS LEGALES
Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz

LUNES 28 DE MARZO DE 2016

581719

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. Nº 055-2016-EF.- Modifican Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, que establece el Sistema de Franja de Precios aplicable a la importación de diversos productos agropecuarios 581720 R.VM. Nº 007-2016-EF/15.01.- Precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF, aplicables a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo 581730 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES R.M. Nº 071-2016-MIMP.- Aprueban las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables para el año 2016 581730 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.VMs. Nºs. 397, 398, 399 y 407-2016-MTC/03.Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en localidades de los departamentos de Cajamarca, Cusco y Puno 581731 Res. Nº 042-2016-CONCYTEC-P.Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas en el marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 581749 RR.VMs. Nºs. 400, 401, 402 y 408-2016-MTC/03.Otorgan autorizaciones a persona jurídica y personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en localidades de los departamentos de Tacna, Madre de Dios y Ancash 581739 R.VM. Nº 410-2016-MTC/03.- Declaran aprobada transferencia de autorización otorgada a Emisoras Peruanas S.A.C., a favor de la empresa GRUPORPP S.A.C., conjuntamente con permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión 581748

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN