Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2015 (21/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 21 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Tercera.- Derogatoria Deróguese la Ordenanza Nº 1617 y sus modificatorias; así como, los demás dispositivos municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Deróguese también la Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza N° 1862. Cuarta.- Aplicación del artículo 30° de la Ordenanza N° 620 La presente Ordenanza se interpreta en el marco del artículo 30° de la Ordenanza N° 620, Reglamentaria del Procedimiento de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de Planos Urbanos Distritales y Actualización de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana. Quinta.- Publicación La presente Ordenanza será publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; su Anexo y Formulario (FUCV), serán publicados en la Página Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con lo regulado en la Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM, que aprueba la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP. Sexta.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 12 NOV. 2015 PATRICIA JUAREZ GALLEGOS Teniente Alcalde Encargada de la Alcaldía 1314302-1

fueron determinados tomándose como base los costos, permitiendo ello un nivel de tolerancia en cuanto al mantenimiento del equilibrio fiscal; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe N° 881-2015-MML-GAJ ha expresado que la propuesta hecha por la Gerencia de Desarrollo Económico legalmente es procedente; De conformidad con los artículos 20º numeral 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1°.- Eliminar del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 009-2014-MML y sus modificatorias, en el Rubro Gerencia de Desarrollo Económico, acápite "Circuitos Turísticos" los servicios no exclusivos de visitas guiadas al "Palacio Municipal Diurno (45 minutos)", de "City Tours al Centro Histórico de Lima sin bus Diurno", y de "City Tours al Centro Histórico de Lima sin bus Nocturno". Artículo 2°.- Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe). Artículo 3°.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1314304-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen Régimen de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas
ORDENANZA Nº 225-MDC Cieneguilla, 16 de noviembre de 2015

Eliminan servicios del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA N° 014 Lima, 19 de noviembre de 2015 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, excluyó del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de las instituciones públicas, aquellos servicios por los que el administrado puede elegir recibirlos de otra institución pública o privada; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha compendiado sus servicios no exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 009-2014-MML del 21 de octubre del año 2014; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico mediante el Memorando Nº 236-2015-MML/GDE, solicita a la Gerencia de Planificación la eliminación de tres (3) de los cuatro (4) servicios no exclusivos a su cargo, en el rubro de "Circuitos Turísticos"; Que, la Gerencia de Planificación mediante el Informe Nº 010-2015-MML-GP-SDI-DGCMC, considera que la Subgerencia de Turismo, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones, es el órgano responsable del desarrollo de la actividad turística de la Municipalidad Metropolitana de Lima y fomentar el turismo, por tanto, tiene competencia para proponer la modificación del TUSNE en lo que se refiere a los servicios que ofrece; Que, la Gerencia de Finanzas mediante Memorando Nº 2015-06-486-MML/GF, indica que la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Económico no afecta de un modo u otro los ingresos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, toda vez que los precios de tales servicios no

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 139-2015­GATR-MDC, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, sobre el proyecto de Ordenanza que establece "Beneficios de Regularización Tributarias y Administrativa en el distrito de Cieneguilla", el Informe Nº 187-2015-GAJ-MDC, del Gerente de Asesoría Jurídica y el proveído Nº 151-2015-GM-MDC, de la Gerencia Municipal. Artículo 1º.- OBJETO. Establézcase un Régimen de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas, a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Cieneguilla, para que regularicen sus obligaciones tributarias y multas administrativas que se encuentren pendientes de pago. Artículo 2º.- VIGENCIA. El Beneficio Tributario y Administrativo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 12 de diciembre de 2015, fecha en que vencerá y se efectuará el cobro de la totalidad de las obligaciones pendientes acotando los intereses y reajustes respectivos y la aplicación de la totalidad de las sanciones tributarias y administrativas que ameriten.