Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2015 (23/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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presente que los bienes y/o servicios aceptados deberan satisfacer las necesidades especificas de las areas usuarias de la Municipalidad Distrital de La Punta, aun cuando no se encuentren dentro del Plan Anual de Adquisiciones. Articulo 10.- DEL TRAMITE Para efectos del tramite debera considerarse el siguiente procedimiento: 1. Recibida por Tramite Documentario y Archivo la solicitud con los requisitos establecidos en el articulo 4 de la presente Ordenanza, la Gerencia de Rentas liquidara la Deuda Tributaria y/o No Tributaria del solicitante, actualizada a la fecha de admision del documento, indicando la situacion de la deuda ordinaria y/o coactiva. 2. La Gerencia de Rentas remitira la solicitud junto con el estado de la deuda al Secretario Tecnico, quien evaluara el cumplimiento de los requisitos, luego de lo cual lo remitira a la Unidad de Logistica y Bienes Patrimoniales para su respectivo pronunciamiento. En caso de ser observada, por el Secretario Tecnico dicha solicitud, debera notificarse al deudor a fin de que realice la subsanacion respectiva, otorgando un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles. 3. Posteriormente la Unidad de Logistica y Bienes Patrimoniales, emitidos sus informes, devolvera el expediente a la Secretaria Tecnica de la Comision Tecnica de Evaluacion. 4. La Comision Tecnica de Evaluacion contando con la liquidacion actualizada debera emitir su decision final y la Gerencia Municipal emitira la respectiva Resolucion en la cual se formalizara la decision adoptada por la Comision, en un plazo no mayor de 30 dias utiles de iniciado el procedimiento. En los casos de aprobacion de dacion en pago que incluyan deudas en Cobranza Coactiva, la resolucion que pone fin a este procedimiento, sera expedida paralelamente a la Resolucion de Gerencia en mencion. Si por responsabilidad de la Administracion, no se cumpliera con el plazo senalado en el parrafo anterior, los intereses generados a partir del trigesimo primer (31) dia habiles no seran considerados. En ningun caso la decision de la Comision sera materia de impugnacion. 5. Posteriormente, se remitiran copias de la Resolucion a la Comision Tecnica de Evaluacion, Gerencia de Rentas, Oficina General de Administracion, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesoreria, Unidad de Logistica y Bienes Patrimoniales y la Oficina de Asesoria Juridica. 6. Aprobada la forma de pago establecida en la presente MORDAZA, los bienes seran entregados a la Unidad de Logistica y Bienes Patrimoniales, corriendo por cuenta del solicitante los gastos y costos, riesgos, seguridad e integridad en el traslado del bien. No es responsabilidad de la Municipalidad cualquier deterioro que se produzca en el traslado del bien MORDAZA de su internamiento; de suceder este percance, debera ser valorizado para efectos de los costos o reduccion del precio. 7. Una vez entregado el bien y/o prestado el servicio aprobado, la Unidad de Logistica y Bienes Patrimoniales extendera una conformidad al respecto a traves de la nota de entrada al almacen o de la conformidad del servicio del area correspondiente, la cual sera derivada a la Unidad de Tesoreria quien procedera a cancelar la Deuda Tributaria o No Tributaria segun lo indicado en la Resolucion. Articulo 11.- DE LA RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL La Resolucion de Gerencia Municipal debera contener la siguiente informacion: 1. Identificacion del deudor. 2. Monto aprobado de la deuda a extinguirse por el presente procedimiento. 3. Detalle de la deuda. Si realizada la imputacion, el deudor mantuviera un credito a favor, la dacion en pago se efectuara de conformidad con el articulo 31 del Codigo Tributario. 4. Forma de cancelacion de la deuda, indicando que los intereses se contabilizaran hasta la fecha de cancelacion efectiva o amortizacion.

El Peruano Sabado 23 de MORDAZA de 2015

5. El procedimiento a seguirse para la recepcion del bien o de la ejecucion del servicio. 6. Plazos maximos para la entrega del bien o la realizacion de la prestacion del servicio. Articulo 12.- CAUSALES Se perdera automaticamente la dacion en pago por las siguientes causales: 1. No entregar los bienes o no prestar los servicios dentro de los plazos que senale la Resolucion de Gerencia Municipal, con excepcion de la perdida del bien, MORDAZA de su entrega, sin culpa del deudor, en cuyo caso debe procederse a reemplazarlos por otros bienes de iguales o mejores caracteristicas en un plazo igual al senalado en la resolucion. 2. Cuando los bienes entregados o los servicios prestados no cumplan con las caracteristicas senaladas en su solicitud, segun el informe del area responsable de recibir el bien o de controlar la prestacion del servicio. 3. Por la perdida de los bienes por culpa del deudor. Ocurrida la perdida del beneficio la Oficina General de Administracion informara a la Oficina de Asesoria Juridica para la emision de la Resolucion de Gerencia Municipal, la cual debera ser notificada al solicitante y remitida a la Gerencia de Rentas con el cargo correspondiente. Articulo 13.- EFECTOS DE LA PERDIDA No se podra volver a solicitar el procedimiento por el termino de 1 ano, contados a partir de la notificacion de la Resolucion de Gerencia Municipal de perdida. Expedida la Resolucion de Perdida se reiniciara automaticamente la cobranza de los adeudos que tuviere el deudor, adicionandose los intereses generados a la fecha. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIA Y FINALES Primera.- La resolucion que declara improcedente una solicitud, no impide que el deudor presente una nueva, para lo cual debera cumplir con los requisitos de tramitacion. Segunda.- Un deudor solo despues de terminado el MORDAZA, podra solicitar un MORDAZA procedimiento de aprobacion de pago en especie. Tercera.- A efectos de regularizar la transferencia de los bienes ofrecidos en dacion en pago a favor del Municipio, el MORDAZA delegara dicha facultad en el Gerente Municipal. Las especies MORDAZA en pago se incorporaran al patrimonio de la Municipalidad de La Punta, siguiendo el procedimiento que regula la administracion de los bienes de propiedad del Estado. La incorporacion al patrimonio de la Municipalidad de La Punta es competencia de la Oficina General de Administracion, de la Unidad de Contabilidad y de la Unidad de Logistica y Bienes Patrimoniales. Cuarta.- Tratandose de servicios prestados a traves de arrendamiento de bienes inmuebles, la deuda debera descontarse mensualmente segun el monto acordado. Quinta.- La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Sexta.- El MORDAZA de bien que se acepte debe sujetarse a lo dispuesto por el articulo 32 del Codigo Tributario. Septima.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Octava.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion la publicacion de la Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA RISI CARRASCAL MORDAZA 1240769-1