Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2015 (23/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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c) Ensenanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestacion del servicio de transporte de persona. d) Ensenanza de las normas sobre clasificacion vehicular, caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. g) Uso de la tecnologia aplicable al transporte de personas. Cursos especificos para realizar el transporte de mercancias: a) Urbanidad y trato con el publico. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas que regulan la prestacion de los servicios de transporte de mercancias. d) Ensenanza de las normas basicas sobre clasificacion vehicular; asi como caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del transporte de mercancias. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de mercancias, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. Articulo Segundo.- La Empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES MORDAZA MORDAZA S.A., debera tener presente que la autorizacion como escuela de conductores integrales estara igualmente supeditada al cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos establecidos en El Reglamento. Por ello, se senala que de conformidad a las Resoluciones Directorales N°s 3634-2013-MTC/15, 430-2014-MTC/15 y 5487-2014MTC/15, debera presentar hasta por un plazo de nueve (09) meses contados a partir de la fecha de la obtencion de la autorizacion como escuela de conductores, MORDAZA legalizada de la conformidad de obra del circuito de manejo emitida por la municipalidad competente a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo que a la fecha cuenta con la conformidad del expediente tecnico de las caracteristicas especiales del circuito de manejo emitida por la autoridad competente. Articulo Tercero.- La Empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES MORDAZA MORDAZA S.A., esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo

El Peruano Sabado 23 de MORDAZA de 2015

senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de La Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Setimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Octavo.Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Noveno.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de La Empresa autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 1233606-1

Autorizan a la Escuela de El Tumi E.I.R.L. cambiar de local al distrito de provincia y departamento

Conductores la ubicacion Los MORDAZA, de MORDAZA

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1899-2015-MTC/15 MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios N° 055003 y 060553, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EL TUMI E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 4652-2012MTC/15 de fecha 22 de noviembre de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de diciembre de 2012, se otorgo autorizacion a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EL TUMI E.I.R.L., con RUC N° 20548470090 y domicilio en: Av. Venezuela N° 1990, 2° Piso, Dpto. 201, del Distrito de Cercado de MORDAZA ,Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c; asi como los Cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; Curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los Cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral N° 913-2013MTC/15 de fecha 25 de febrero de 2013, se otorga a