Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 2
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El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015
RR. N°s. 1573, 1574, 1575, 1576, 1577, 1578, 1579, 1580, 1581, 1582, 1583, 1584 y 1585-2015-MP-FN.- Dan por concluidos designaciones y nombramientos, designan, nombran y aceptan renuncias de fiscales en diversos Distritos Fiscales 551877 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 2310-2015.- Autorizan al Banco Falabella Peru S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el departamento de MORDAZA 551882 RR. N°s. 2400, 2405 y 2406-2015.- Autorizan viajes de funcionarios a Ecuador, Turquia y EE.UU., en comision de servicios 551882
MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA R.A. N° 233-2015-MDPP-ALC.- Aprueban el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad 551890 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES Ordenanza N° 379-MDSMP.- Ordenanza Municipal que convoca y reglamenta el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito para el ano 2016 551895 Ordenanza N° 380-MDSMP.- Ordenanza sobre la modificacion de la Ordenanza N° 292-MDSMP del Servicio Publico de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el distrito de San MORDAZA de Porres 551896 Acuerdo N° 014-2015-MDSMP.- Emiten pronunciamiento sobre Dictamen de Comision del Congreso de la Republica recaido en el Proyecto de Ley N° 3293/2013-PE 551896
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Res. N° 006-2015-GRH/GRDE.- Declaran la nulidad de la Resolucion Directoral Regional N° 009-2014-GR-HUANUCO/DREMH 551884
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Ordenanza N° 287.- Ordenanza que establece facilidades e incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de La MORDAZA sobre deudas generadas por fiscalizacion tributaria y/o actualizacion catastral 551887
SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES Res. N° 008-2015-SMV/01.- Modificacion del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA 551832
PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Guia de Buenas Practicas Agricolas en la Produccion del Cultivo de Quinua
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA
La MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, organismo adscrito al Ministerio de Agricultura. Asimismo en el Articulo 5º establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es la responsable de promover y participar en la armonizacion y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias. Asimismo, tiene la responsabilidad de promover la suscripcion y asegurar el cumplimiento de los convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores publico y privado, destinados a la promocion de la sanidad agraria, y participar, en representacion del Peru, en las negociaciones tecnicas de convenios y acuerdos internacionales sobre la materia; concordante con el objeto de la Ley sobre la promocion de las condiciones sanitarias favorables para el desarrollo sostenido de la agroexportacion, a fin de facilitar el acceso a los mercados de los productos agrarios nacionales. Que, el Articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 1062 Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto tecnico, normativo
y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de produccion nacional o extranjera; ademas senala que la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria ejercera sus competencias contribuyendo a la proteccion de la salud de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional, a traves de la inocuidad de la produccion agropecuaria; Que, el Articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que son funciones de la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria en materia de inocuidad alimentaria en alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario entre otros: 1) Promover y facilitar la implementacion y ejecucion de un sistema de aseguramiento de la calidad sanitaria basado en analisis de peligros y control de puntos criticos (HACCP) y sus pre-requisitos, con la finalidad de asegurar productos inocuos y fomentar la competitividad de la agricultura nacional; y, 2) establece la emision de protocolos tecnicos relacionados con el cumplimiento de las normas de inocuidad alimentaria de produccion y procesamiento primario; Que, el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 004-2011AG, Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que los productores de alimentos agropecuarios primarios deberan implementar los lineamientos sobre Buenas Practicas de Produccion e Higiene que establezca el SENASA. Los Procesadores primarios de alimentos agropecuarios primarios y piensos, deberan cumplir con la aplicacion de los principios del Sistema de Analisis de Peligros y Puntos Criticos de Control-APPCC/HACCP y desarrollar Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento-POES que describan los metodos de saneamiento diario a ser cumplidos; Que, el Articulo 47º del Decreto Supremo Nº 0042011-AG, Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA y los Gobiernos Regionales y Locales, mantendran informacion actualizada sobre inocuidad agroalimentaria en sus portales institucionales y, de ser posible, en algun otro medio de difusion o divulgacion. Asi mismo, mantendran comunicacion estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades