Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2015 (15/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de diciembre de 2015 /

El Peruano

ENERGIA Y MINAS
Autorizan Transferencia de Recursos a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2015-MEM/DM Lima, 14 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante numeral 1.3 de la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autorizó excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras, con cargo a los saldos de balance de la Unidad Ejecutora 005 - Dirección General de Electrificación Rural (DGER), a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C., hasta por el monto de S/. 20 000 000,00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), para ser destinados a financiar estudios de preinversión y la ejecución de proyectos de inversión relacionados con la remediación de pasivos ambientales. Que, la transferencia financiera a la que se hace referencia en el considerando precedente se autoriza mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y la entidad o empresa involucrada, según corresponda quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, mediante Convenio de Gestión para Remediar Pasivos Ambientales Mineros a Nivel Nacional de fecha 22 de Febrero de 2013, suscrito entre el Ministerio de Energía y Minas y la empresa Activos Mineros S.A.C, se establecieron las pautas y mecanismos para la realización de los estudios de preinversión y ejecución de proyectos de inversión que conlleven a la remediación de pasivos ambientales encargados a la precitada empresa; Que, en el marco de lo dispuesto por la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el Ministerio de Energía y Minas y la empresa Activos Mineros S.A.C. suscribieron una Primera Adenda al Convenio de Gestión para Remediar Pasivos Ambientales Mineros a Nivel Nacional, de fecha 12 de octubre de 2015, a fin de transferir S/. 20 000 000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles) a favor de Activos Mineros S.A.C. y dar continuidad a los proyectos de remediación de pasivos ambientales que el Ministerio de Energía y Minas encargó mediante Resoluciones Ministeriales N° 482-2012-MEM/DM de 30 de octubre de 2012 y N° 094-2013-MEM/DM de 12 de marzo de 2013; Que, mediante Informe Nº 687-2015-MEM-DGMDTM/PAM, la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería, precisó a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que se dispongan las acciones correspondientes destinadas a hacer efectiva la transferencia hasta por el monto de S/. 20 000 000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles) a la empresa Activos Mineros S.A.C. a fin de dar continuidad a los proyectos de remediación de pasivos ambientales a los que se hace referencia en el considerando precedente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 530-2015MEM/DM, de fecha 01 de diciembre de 2015, se dispuso autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Oficina de Presupuesto a solicitud de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2015 ­ 03442 ­ 001, por el monto de S/. 20 000 000,00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, en consecuencia es necesario emitir la normativa correspondiente para ejecutar la transferencia financiera a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C., destinada

a ejecutar distintos proyectos de remediación de pasivos ambientales mineros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería; Con el visto bueno de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la Transferencia de Recursos de la Fuente de Financiamiento de Recursos Determinados a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C, a fin de dar continuidad a los proyectos de remediación ambiental que el Ministerio de Energía y Minas encargó mediante Resoluciones Ministeriales N° 482-2012-MEM/DM de 30 de octubre de 2012 y N° 094-2013-MEM/DM de 18 de marzo de 2013, hasta por el monto de S/. 20 000 000,00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar dichos recursos a fines distintos para los cuales son transferidos, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados 5 Gastos Corrientes: 2.5 Otros Gastos 2.5.2.2.1.99 A Otras Organizaciones

S/. 20 000 000,00

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1322849-1

INTERIOR
Designan Ayacucho Gobernador Regional de

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 249-2015-IN Lima, 14 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe N° 869-2015-ONAGI-DGAP-DSAP, de fecha 14 de octubre de 2015, emitido por la Dirección de Selección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, y la propuesta de designación de Gobernador Regional de Ayacucho realizada por la Jefatura de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1140 se creó la Oficina Nacional de Gobierno Interior como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestal y adscrita al Ministerio del Interior; Que, el artículo 14° del citado dispositivo legal señala que la designación de los Gobernadores Regionales se realiza mediante Resolución Suprema; Que, conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo 10° del referido Decreto Legislativo, en concordancia con el literal h) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-IN, entre las funciones del Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior se encuentra proponer la designación de Gobernadores Regionales;