Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2014 (10/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014

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por cuanto algunos magistrados han intervenido en primera instancia. Esta situacion incidiria en afectacion al MORDAZA de la funcion jurisdiccional establecido por el articulo 139.3 de nuestra Constitucion Politica, que establece como "La observancia del debido MORDAZA y la tutela jurisdiccional", en tanto las partes procesales verian postergadas inciertamente la conclusion de procesos que tiene una data mas de un lustro, afectandose inclusive bienes juridicos tutelados particulares en cada MORDAZA (Derecho a la MORDAZA, salud, MORDAZA sexual, patrimonio, etc.) segun la materia. Octavo.- Se tiene que la actual conformacion de las referidas MORDAZA Liquidadoras, es la siguiente: la Primera por los jueces superiores provisionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Garnica Pinazo, y el juez supernumerario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y la MORDAZA tres jueces superiores supernumerarios MORDAZA Casana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichilingue. Noveno.- Ante la situacion precedentemente expuesta, y al no haberse logrado por ahora que el Consejo Ejecutivo disponga el traslado de la Primera y no de la MORDAZA Sala Liquidadora, siendo funcion de Presidencia cautelar la pronta administracion de justicia (Art. 90.4 de la Ley Organica del Poder Judicial), y acorde al MORDAZA de RAZONABILIDAD (Art. 1.4. del Art. IV del MORDAZA anotado Titulo Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General, a efecto de cautelar la tutela jurisdiccional y el debido MORDAZA, se encuentra que la medida administrativa pertinente e impostergable resulta ser el cambio de conformacion de la Primera Sala Penal Liquidadora Transitoria, en Adicion Colegiado "B" de Juzgamiento, dando por concluidas las designaciones de los magistrados integrantes, y en su reemplazo designar como tales a los tres jueces superiores supernumerarios, que hasta ahora integran la Primera Sala Penal Liquidadora MORDAZA Casana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichilingue. Decimo.- Al efectuar una ponderacion del derecho a una provisionalidad que tienen los jueces, frente al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, y de los justiciables a una oportuna y eficaz administracion de justicia, se tiene que optar por este, mas aun si se tiene en cuenta la razon de creacion y reubicacion de organos jurisdiccionales transitorios como se indica al MORDAZA de la presente. En consecuencia la reconformacion que implica el retorno de algunos jueces provisionales a sus Despacho de origen, tiene pleno sustento normativo fundamental. Decimo Primero.- Resulta tambien pertinente en este orden de ideas tener en consideracion la inminente licencia que se tendra que otorgar a la jueza superior provisional MORDAZA MORDAZA Garnica Pinazo para asumir el cargo de Presidenta del MORDAZA Especial de Canete a consecuencia del Traslado del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que no resultaria acorde a la finalidad de los organos jurisdiccionales liquidadores transitorios, que esten integrados por magistrados que posteriormente tengan que dejar de lado la integracion de Colegiados quedando al borde del quiebre de audiencias, por lo que corresponde retorne a su juzgado de origen, lo cual no sucede con el juez superior provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien tendria a su vez que desplazar al juez supernumerario MORDAZA MORDAZA Yonz Martinez. Decimo Segundo.- Siendo que la doctora MORDAZA MORDAZA Garnica Pinazo es titular del Primer Juzgado de Familia de Canete, corresponde dar por concluida la designacion del juez supernumerario Rommel MORDAZA MORDAZA MORDAZA en tal Despacho, quien pasara como tal al MORDAZA Juzgado de Familia de Canete, que hasta la fecha es ocupado por el juez supernumerario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandosele por concluida su designacion como tal. Decimo Tercero.- En consecuencia la conformacion de la Sala Penal de Apelaciones quedara de la siguiente forma: Juez superior provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Presidente), y jueces superiores provisionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA (integrante) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Integrante). El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad administrativa y representa al Poder

anotadas en la parte expositiva, se tiene que la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Transitoria funcionara como tal en este Distrito Judicial hasta el 31 de octubre en curso inclusive esta dispuesto por el MORDAZA organo de gestion y gobierno que a partir del proximo lunes 01 de noviembre, las plazas de personal, mobiliario y equipos informaticos seran trasladadas a la Corte Superior de Justicia de Cerro de Pasco - En tanto tambien se encuentra dispuesto que la Primera Sala Penal Liquidadora Transitoria funcionara hasta el 28 de febrero del ano 2015, fecha en que vence su prorroga. Segundo.- Resulta pertinente e imprescindible tener en cuenta en todo momento que la razon sine qua nom de creacion y reubicacion temporal de los organos jurisdiccionales (Como en todos los Distritos Judiciales) fue y es la de concluir los antiguos procesos penales tramitados conforme al Codigo de Procedimientos Penales de 1940, encomendada a la Primera Sala Penal desde el 01 de diciembre del ano 2009 (Fecha de implementacion del NCPP en este Distrito Judicial), y en la MORDAZA desde el 18 de MORDAZA del presente ano. Indudablemente, es de entender, que tal proposito esta orientado a concretizar derechos fundamentales como el de la tutela jurisdiccional efectiva y el cumplimiento de la funcion de impartir justicia que corresponde a este Poder del Estado. Tercero.- De lo MORDAZA expuesto, corresponde analizar ante todo la situacion procesal que se generaria de producirse la reubicacion de la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Transitoria a partir del 01 de noviembre entrante (proximo lunes), para cuyo efecto se tendra en cuenta los reiterados informes estadisticos de produccion. Cuarto.- La Primera Sala Liquidadora Transitoria, en Adicion Colegiado de Juzgamiento B, (Que a partir del inicio funcional de la MORDAZA -18-JUL-14- se quedo solamente con 29 procesos en audiencias continuadas (21 libres y 8 en carcel), pasando todos los procesos reservados e inclusive los con senalamiento de inicio de audiencias a la MORDAZA Sala Liquidadora. La Primera Sala indicada a la fecha ha resuelto en juicio oral entre junio y octubre del presente ano 5, 4, 3, 2 y 12 procesos respectivamente. Tiene 8 audiencias continuadas con reos libres (2 ya no admiten cambios en la conformacion del Colegiado) y 3 con reos en carcel. Han programado la continuacion de 7 audiencias para la primera semana de noviembre y 4 para la segunda. Quinto.- La MORDAZA Sala Penal Liquidadora Transitoria, a dedicacion exclusiva, inicio sus labores con la apertura de audiencias programadas a partir de 18-JUL14, desde tal fecha han expedido sentencias en 8 juicios orales. Tienen 17 procesos en audiencias continuadas (5 de los cuales en carcel). Han programado en inicio de juicio oral en 37 procesos reservados (4 con reos en carcel) de un total de 102 procesos en reserva. Sexto.- Ante la reubicacion de la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Transitoria al Distrito Judicial de Cerro de Pasco, conforme a la Resolucion de VISTOS, el 01 de noviembre se quebrarian 17 audiencias continuadas, y se tendrian que reprogramar 37 inicios de juicios orales, de los cuales 4 son con reos en carcel, por lo cual mediante Oficio tambien indicado en VISTOS, se pidio al Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal que propusiera al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que la Sala a reubicar sea la Primera Sala Penal Liquidadora Transitoria y no la Segunda; sin embargo hasta la fecha no se ha expedido la correspondiente Resolucion que asi lo disponga. Septimo.-La verificacion de las audiencias continuadas, audiencias programadas y fechas de estas, produccion (conclusion de los procesos ordinarios), entre otros, y sobre todo los inminentes quiebres de audiencias, que supone el traslado de la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Transitoria, se efectua en atencion al MORDAZA de VERDAD MATERIAL (Art. 1.1 del Art. IV. Titulo Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444), y efectuando un razonamiento logico, se llega a la conclusion que en esta situacion (Reubicacion de la MORDAZA Sala) se quebrarian 17 audiencias, que tendrian que ser eventualmente asumidas por la Primera Sala Liquidadora, inclusive con el problema de impedimentos